SAP Madrid 269/2005, 17 de Mayo de 2005

PonenteMARIA PILAR ABAD ARROYO
ECLIES:APM:2005:5693
Número de Recurso29/2005
Número de Resolución269/2005
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

ADRIAN VARILLAS GOMEZJUAN PELAYO MARIA GARCIA LLAMASMARIA PILAR ABAD ARROYO

Dª GRACIA CASTRO-VILLACAÑAS PEREZ ROLLO.- 29/05-PA

SECRETARIO DE LA SALA PRO. ABRE.- 2262/04

JDO. INST.Nº- 16-MADRID

SENTENCIA NÚMERO 269

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA

D. ADRIAN VARILLAS GOMEZ

D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS

Dª Mª PILAR ABAD ARROYO

Madrid a 17 de mayo de 2005.

VISTO y OIDO en juicio oral y público ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial

de Madrid el Rollo de Sala 29/05 correspondiente al Procedimiento Abreviado 2262/04 del Juzgado de Instrucción nº 16 de los de Madrid por delito contra la seguridad publica contra

el acusado Federico, nacido en Nigeria el día 1 de junio de 1965, hijo de Joan

y María, vecino de Getafe, con domicilio en AVENIDA000 nº NUM000, NUM001, cuya solvencia no

consta, con antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, de la que ha estado

privado del 2 al 3 de julio de 2004 salvo ulterior comprobación, representado por el Procurador Sra.

Fernández Aguado y defendido por el Letrado D. Miguel Ángel Romero Díaz; siendo parte

acusadora el Ministerio Fiscal y siendo

Ponente el Magistrado Dª Mª PILAR ABAD ARROYO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública del art. 368 del Código Penal entendiendo responsable del mismo en concepto de autor al acusado sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y solicitó se le impusiera la pena de prisión de tres años e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 160,74 Euros con responsabilidad personal subsidiaria de 2 días en caso de impago, costas y comiso de la sustancia intervenida .

SEGUNDO

Por la defensa del acusado se solicitó la libre absolución.

Sobre las 13,20 horas del día 2 de junio de 2004 y como consecuencia del dispositivo de vigilancia establecido en un local sito en el nº 3 de la Travesía de San Mateo de esta capital, en el que se sospechaba que se traficaba con sustancias estupefacientes, se procedió a la indentificación y cacheo del acusado Federico mayor de edad y con los antecedentes penales que luego se dirán, cuando el mismo llamaba a la puerta del local, hallándole entre el cinturón y el pantalón una bolsa de plástico con veinte papelinas que contenían una sustancia la cual, debidamente analizada, resultó ser cocaína con un peso total de 2.601 mg y una riqueza del 57,5% y que el acusado poseía para su transmisión a terceras personas.

Dichas papelinas habrían alcanzado en el mercado ilícito un valor aproximado de 150 euros.

El acusado Federico, quien en tales fechas tenían permiso de trabajo, ha sido ejecutoriamente condenado por sentencia firme de fecha 29 de octubre de 2001 por delito de robo con fuerza en las cosas a la pena de prisión de once meses, habiéndosele concedido la suspensión de la condena por el plazo de dos años en fecha 26 de noviembre de 2002.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos declarados probados en esta sentencia son legalmente constitutivos de un delito contra la salud pública previsto y penado en el art. 368 inciso penúltimo del Código Penal por cuanto se trata de la tenencia, con intención de difusión a terceras personas, de cocaína, sustancia cuyo carácter de droga tóxica que causa grave daño a la salud es indiscutible.

A tal convicción llega este Tribunal tras valorar las pruebas practicadas, las cuales, dado que no ha sido impugnado el análisis sobre la droga aprehendida que efectuó el Instituto Nacional de Toxicología (Folio 30 a 32), han quedado limitadas a las declaraciones que se prestaron en el acto del juicio por parte del acusado, los cuatro miembros de la Policía Nacional actuantes y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR