SAP Madrid 61/2007, 1 de Febrero de 2007

PonenteMARIA JESUS ALIA RAMOS
ECLIES:APM:2007:1259
Número de Recurso481/2006
Número de Resolución61/2007
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12

MADRID

SENTENCIA: 00061/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 12ª

Rollo: RECURSO DE APELACION 481/2006

PROCEDENCIA: JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 2 DE ALCALA DE

HENARES

JUICIO VERBAL: 107/06

DEMANDANTE/APELADO: DOÑA Blanca

PROCURADOR/A: DON JULIO ANTONIO TINAQUERO HERRERO

DEMANDADOS/APELANTES: DUROPARK, S.A., DOÑA Nieves

PROCURADOR/A: DON MARIANO CRISTOBAL LOPEZ

DEMANDADO/APELADO: COMPLUTENSE IBERICA DE COMERCIO, S.A.

PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS

SENTENCIA Nº 61

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSE VICENTE ZAPATER FERRER

Mª JESÚS ALÍA RAMOS

FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO

En MADRID, a uno de febrero de dos mil siete.

La Sección 12 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL (SUSPENSION DE OBRA NUEVA) 107 /2006 del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 2 de ALCALA DE HENARES seguido entre partes, de una como apelante Nieves, y DUROPARK, S.A., representada por el Procurador DON MARIANO CRISTOBAL LOPEZ, y de otra, como apelado Blanca, representada por el Procurador DON JULIO ANTONIO TINAQUERO HERRERO, y COMPLUTENSE IBERICA DE COMERCIO, sobre SUSPENSION DE OBRAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 2 de ALCALA DE HENARES, por el mismo se dictó sentencia con fecha 7 de Abril de 2006, cuya parte dispositiva dice: "Que debía estimar la demanda interpuesta por Blanca, ordenando la suspensión de la obra que se realiza en la calle Mayor número 74 que afecta a la posesión de la vivienda de la actora, sin hacer expresa condena en las costas de este juicio.". Notificada dicha resolución a las partes, por Nieves DUROPARK, S.A. se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que IMPUGNA. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 24 de Enero de 2007, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª JESÚS ALÍA RAMOS.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia, tras considerar la existencia de una obra nueva reciente, y no haberse acreditado la mala fe de la actora al presentar la demanda, ni su conocimiento anterior de que la obra estaba paralizada y asegurada su no continuación, estimó la demanda sin hacer expresa condena en costas.

Frente a dicha sentencia se alzan las demandadas doña Nieves y la mercantil DUROPARK, S.A., reiterando que la obra estaba paralizada mucho...

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