STSJ Andalucía , 24 de Enero de 2002
Ponente | JOSE SANTOS GOMEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2002:1124 |
Número de Recurso | 1367/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA ILTMOS. SRES:
D. ANTONIO MORENO ANDRADE D. JOSÉ ANTONIO MONTERO FERNÁNDEZ D. JOSÉ SANTOS GÓMEZ Sevilla a 24 de enero de 2002.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, formada por los Magistrados que arriba se expresan, ha visto EN NOMBRE DEL REY el recurso nº 1367/98, seguido entre las siguientes partes como demandantes Doña Concepción cuyas demás circunstancias constan, representada por el Procurador Sr. Rodríguez Jiménez; y como demandado, El Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, representado y asistido por el Sr. Abogado del Estado. De cuantía fijada en 1.173.643 pts. Ha sido ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSÉ SANTOS GÓMEZ, quién expresa el parecer de la Sección Segunda.
En su escrito de demanda la parte actora, interesa de la Sala una sentencia anulatoria de las resoluciones impugnadas, con los demás pronunciamientos de constancia.
Por la parte demandada y codemandada, al contestar, se solicita se dicte sentencia desestimatoria del recurso interpuesto.
No habiéndose recibido el pleito a prueba, fueron requeridas las partes para que presentasen escrito el escrito de conclusiones que determina la Ley jurisdiccional, y evacuado dicho trámite, en su momento, fue señalado día para la votación y Fallo, el cual ha tenido lugar en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.
El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto determinar la conformidad o no con el Ordenamiento Jurídico, de la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía de 24 de marzo de 1998, que desestimó la reclamación nº 41/2342/96, interpuesta contra liquidaciones núm. NUM000 , NUM001 y NUM002 , por importe las dos primeras de 94.949 pts y la última de 983.745 pts. Los hechos sucintamente expuestos son los siguientes:
En fecha 8 de marzo de 1988, falleció Don Jesús Ángel , presentándose instancia comprensiva de la relación de bienes dejados por el causante, con solicitud de liquidación del Impuesto sobre Sucesiones. En fecha 24 de marzo de 1993, se notificó comprobación de valores. Por acuerdo de fecha 12 de junio de 1995 se anuló la comprobación de valores y se ordenó la retroacción de actuaciones al momento procedimental de actuaciones de notificación del resultado del expediente de comprobación de valores. En fecha 2 de abril de 1996, fueron notificadas las liquidaciones NUM000 - NUM001 y NUM002 , que impugnadas fueron confirmadas por resolución de 24 de marzo de 1998, que motivó el presente recurso.
La parte actora alega en esencia en apoyo de sus pretensiones, lo que sigue:
Prescripción.
Por el Sr. Abogado del Estado y el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía, se solicita la desestimación del recurso.
El régimen jurídico del supuesto que se enjuicia, viene determinado por el art. 64 de la Ley General Tributaria, al disponer que prescribirán a los 4 años los siguientes derechos y acciones:
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El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación b) La acción para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas.
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La acción para imponer sanciones tributarias d) El...
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