STSJ Comunidad de Madrid 123/2007, 23 de Enero de 2007

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2007:4268
Número de Recurso146/2006
Número de Resolución123/2007
Fecha de Resolución23 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00123/2007

RECURSO Nº 146/2.006

(435/2001 Sección 1º)

SENTENCIA Nº 123

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

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Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan F López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos

Dª Sandra González de Lara Mingo

D. Marcial Viñoly Palop

En la Villa de Madrid a veintitrés de Enero del año dos mil siete.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior

de Justicia de Madrid, los autos del recurso-contencioso administrativo número 146 de 2.006, interpuesto por la entidad «MONTENEBRO S.A.» representada por el Procurador Don Florencio Araez Martínez y asistida por el Letrado Don Pedro Taracena Barranco contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud de calificación urbanística solicitada ante la Consejería de Obras Públicas Urbanismo y Transportes de la Comunidad Autónoma de Madrid para la "rehabilitación de colmenar, ampliación y mejora de las instalaciones y edificación de vivienda adscrita a la explotación apícola y cinegética" en la finca "El guindo" sita en el PK 12 de la Carretera M-618, e incluida en la zona A1 del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, en término municipal de Colmenar Viejo, ampliándose el recurso a la resolución de 17 de Enero de 2001 del Director General de Urbanismo y Planificación Regional de la Comunidad Autónoma de Madrid, que informó favorablemente la mejora del colmenar y el resto de las instalaciones agropecuarias, solicitadas por "Montenebro.S.A", en la finca "El Guindo", Parcelas 33 y 35-a del Polígono 23 del Catastro de Rústica del término municipal de Colmenar Viejo, y denegar la calificación urbanística para edificar una vivienda unifamiliar. Ha sido parte la Comunidad Autónoma de Madrid asistida y representada por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Madrid y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo asistido y representado por el Letrado Don Miguel Ángel Díez Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, el Procurador Don Florencio Araez Martínez en representación de la entidad «MONTENEBRO S.A.» formalizó demanda el día 27 de Marzo de 2.002, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que se: a) Declare nulo, anule o revoque y deje sin efecto el acto de 17 de enero de 2001 de denegación de calificación urbanística autonómica respecto de la vivienda unifamiliar incluida en el proyecto de "rehabilitación de un colmenar, ampliación y mejora de las instalaciones y edificación de vivienda unifamiliar adscrita a explotación apícola y cinegética" prevista sobre la finca "El Guindo" sita en la carretera M-618, Km. 13; b) Reconozca el derecho de la mercantil Montenebro, S.A., a realizar la vivienda unifamiliar adscrita a la explotación apícola y cinegética de la finca "El Guindo", con la consiguiente concesión a la misma de la oportuna calificación urbanística. c)Condene a la Administración Pública a estar y pasar por esta declaración, con condena en costas.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Madrid para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito presentado el 11 de Septiembre de 1.997, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando sentencia desestimando el recurso contencioso administrativo interpuesto y confirmando la legalidad de los actos impugnados.

TERCERO

Conferido traslado para contestación a la demanda por el Letrado Don Miguel Ángel Díez Martínez en representación del Ayuntamiento de Colmenar Viejo se presentó escrito el día 5 de Noviembre de 2.002 contestando dicha demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida, por ser la misma ajustada a Derecho, con imposición de costas a la parte demandante.

CUARTO

Por auto de 12 de Noviembre de 2.002 se acordó recibir el recurso a prueba por término de quince días para proponer y otros treinta días para practicar, practicándose la admitida con el resultado que obra en las actuaciones.

QUINTO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo, el día 23 de Enero de 2.005 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan F López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Procurador Don Florencio Araez Martínez en representación de la entidad «MONTENEBRO S.A.» interpuso recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud de calificación urbanística solicitada ante la Consejería de Obras Públicas Urbanismo y Transportes de la Comunidad Autónoma de Madrid para la "rehabilitación de colmenar, ampliación y mejora de las instalaciones y edificación de vivienda adscrita a la explotación apícola y cinegética" en la finca "El guindo" sita en el PK 12 de la Carretera M-618, e incluida en la zona A1 del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, en término municipal de Colmenar Viejo, con posterioridad se amplió el recurso a la resolución de 17 de Enero de 2001 del Director General de Urbanismo y Planificación Regional de la Comunidad Autónoma de Madrid, que informó favorablemente la mejora del colmenar y el resto de las instalaciones agropecuarias, solicitadas por "Montenebro.S.A", en la finca "El Guindo", Parcelas 33 y 35-a del Polígono 23 del Catastro de Rústica del término municipal de Colmenar Viejo, y denegar la calificación urbanística para edificar una vivienda unifamiliar. Por tanto el objeto del recurso ha quedado reducido a la denegación de la calificación urbanística de la construcción de nueva planta de la vivienda familiar.

SEGUNDO

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