Solicitud de separación o divorcio por la esposa violentada sin esperar al plazo legal de los tres meses

AutorAntonio José Vela Sánchez
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Civil en la Universidad Pablo de Olavide (Sevilla)
Páginas137-141
COLECCIÓN DE DERECHO CIVIL Y DERECHO ROMANO
BOSCH
EDITOR
137
1. REGULACIÓN Y FUNDAMENTO
La actual regulación del matrimonio contenida en el Código Civil permite
tanto una separación como un divorcio unilaterales sin causa alguna. Ahora
bien, para que uno de los cónyuges pueda pedir unilateralmente la separación
o el divorcio es necesario, como requisito temporal legalmente establecido, que
hayan «transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio» (ex arts. 81 y
86 del CC), de manera que, al tratarse ésta de una materia no sujeta a la libre
disponibilidad de las partes, ni cabría reducir ni ampliar, voluntariamente, este
plazo legal115.
115 En esta cuestión, MARTÍNEZ ESCRIBANO (2009, p. 108), expone que frente «a la
amplia libertad que se reconoce desde 2005 para instar la separación y el divorcio,
alguna pareja podría ser partidaria de recortar esta facultad y restringirla sólo a de-
terminados supuestos, como puede ser, por ejemplo, el incumplimiento de deberes
conyugales, para asegurarse así, mediante el pacto, una mayor estabilidad, o al me-
nos una mayor perdurabilidad, de la unión. La cuestión entonces sería determinar
si la facultad de instar la separación y el divorcio es disponible mediante pacto. A
mi juicio, se trata de una materia indisponible y un pacto que alterase el régimen
CAPÍTULO 3
Solicitud de separación
o divorcio por la esposa
violentada sin esperar al plazo
legal de los tres meses
PARTE 1

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