AAP Vizcaya 353/2003, 29 de Mayo de 2003
ECLI | ES:APBI:2003:69A |
Número de Recurso | 29/5/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 353/2003 |
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA
Sección 4ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta- CP. 48001
Tfno. 94-4016665
Fax: 94-4016992
NIG. 48.04.2-02/017659
R. APELACION LECN 790/02
O. Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia n° 10 (Bilbao)
Autos de CONCURSO ACREED. 505/02
Recurrente: PROMASA
Procurador/a: PAULA BASTERRECHE ARCOCHA
Recurrido:
Procurador/a:
AUTO 353/03
Iltmos/as. Sres/as.
PRESIDENTE D/Dña. FERNANDO VALDES SOLIS CECCHINI
MAGISTRADO D/Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO
MAGISTRADO D/Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA
En BILBAO, a 29 de Mayo de 2003
Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrado, los presentes autos de Juicio de CONCURSO DE ACREEDORES 505/02, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia n° 10 de Bilbao y seguidos entre partes: Como apelante PREMASA representada por la Procuradora Sra. Basterreche Arcocha y como apelados que no se oponen ni impugnan el recurso Benjamín y Concepción y con la colaboración del M.° FISCAL.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
El Auto de instancia de fecha 01 de Julio de 2002 es de tenor literal siguiente:
"FALLO: PARTE DISPOSITIVA ACUERDO INADMITIR la solicitud de CONCURSO DE ACREEDORES presentada por la Procuradora Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA, en nombre y representación de PROMASA, frente a D. Benjamín Y Dª Concepción ".
Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación del demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el n° 790/02 de Registro y que se sustanciado con arreglo a los trámites de los de su clase.
Hecho el oportuno señalamiento para la votación y fallo del presente recurso, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para la deliberación y resolución.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente para este trámite la Iltma. Magistrada Dª. REYES CASTRESANA GARCÍA.
El presente recurso de apelación trae causa de una solicitud de concurso necesario de acreedores respecto de D. Benjamín y de su esposa Dña. Concepción , instada por la representación de Promasa, que ha sido rechazada por el Juzgado de Primera Instancia, no admitiendo a trámite la petición formulada, en base, sucintamente, a que se insta contra dos deudores, que serían titulares de dos patrimonios diferentes además de otro según el régimen económico matrimonial establecido, siendo que la regulación de concurso de acreedores requiere de un sólo deudor como se recoge en los arts. 1.130, 1.156-2°, 1.158-1°, 1.161, 1.162, 1.163 y a 1.164 de la LEC de 1.881.
Teniendo en cuenta la finalidad de cualquier...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
La acumulación de los concursos de acreedores de ambos cónyuges en la jurisprudencia
...en absoluto incontrovertible 10. Sobre este Page 3562 particular, a título de ejemplo, podemos hacer alusión al Auto de la AP de Vizcaya, de 29 de mayo de 2003, en el que se revocó la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, donde se rechazaba la solicitud conjunta de concurso necesario ......