SAP Madrid 564/2006, 13 de Septiembre de 2006
Ponente | PEDRO POZUELO PEREZ |
ECLI | ES:APM:2006:12827 |
Número de Recurso | 303/2006 |
Número de Resolución | 564/2006 |
Fecha de Resolución | 13 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ PEDRO POZUELO PEREZ JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00564/2006
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 303 /2006
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 791 /2003
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de MADRID
PONENTE:SR. PEDRO POZUELO PÉREZ
APELANTE: María Dolores
PROCURADOR: MANUEL INFANTE SANCHEZ
APELADO: Carlos María
PROCURADOR: RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ
En MADRID, a trece de septiembre de dos mil seis
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre resolución contrato, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante Dña. María Dolores, representada por el Sr. Infante Sanchez, y de otra, como apelado-demandado GRII Decoración, S.L., Kotva, 45, S.L., y D. Carlos María, representado por el Sr. Reynolds Martínez, seguidos por el trámite del Juicio Ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. PEDRO POZUELO PÉREZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Madrid, en fecha 7 de Octubre de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: SE DESESTIMA LA DEMANDA interpuesta por María Dolores contra Carlos María, SOCIEDAD GRII DECORACIÓN S.L. SOCIEDAD KOTVA 45 S.L.
-
- DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandante al pago de las costas causadas".
Por la parte actora se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 7 de Septiembre de 2006.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Que frente a la sentencia de instancia desestimatoria de la demdna se interpone el presente recuro de apelación. En la demanda rectora de la litis se intereso la resolución del contrato de arrendamiento de local designado por haberse producido una cesion o subarriendo inconsentido trducido en haberse introducido en el local de negocio arrendado por la primera de las demandadas en la mercantil Kotva 45, S.L y a Don Carlos María, ademas de solicitar la resolucion por la existencia de obras inconsentidas. La sentencia de instancia desestimo las acciones ejercitadas lo que motiva la interposicion del presente recurso de apelacion en donde unicamente se cuestiona la introduccion de tercero por cesión o subarriendo conformandose la parte demandante con la desestimacion de la demanda en lo que hace a la resolucion por obras inconsentidas.
Planteados en esta forma los terminos en los que se desenvuelve la litis debe hacerse constar que -respecto a la cesión, subarriendo o traspaso inconsentido (art. 114, 2ª y 5ª TRLAU ). El hecho tipificador que lleva como efecto la resolución del contrato de arrendamiento es la introducción en la...
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SAP Baleares 68/2011, 25 de Febrero de 2011
...plazo desde que la acción pudo ser ejercitada (actio nata, art. 1969 del Código Civil ), tal y como recogen entre otras las Sentencias de AP de Madrid 13-09-2006, Barcelona 19-10-2006, Guadalajara 10-12-2004, Cuenca 28-11-2005, Navarra 20-12-2002 ). Asimismo la STS de 18 de marzo de 2000 se......