ORDEN FORAL 232/2011, de 19 diciembre, de la Consejera de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, por la que se modifica la imputación del crédito autorizado en la Orden Foral 114/2011, de 28 de marzo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se convocan subvenciones para la realización de intervenciones sociales y económicas en países en desarrollo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La evolución de la situación económica y de las previsiones de ingresos para el presente ejercicio han motivado que el Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo de 7 de septiembre de 2011, haya establecido, para garantizar el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, un límite para el gasto no financiero, lo que supone una reducción del gasto a realizar por los Departamentos del Gobierno de Navarra en el presente ejercicio presupuestario.

A efectos de su aplicación, mediante Acuerdo de 28 de septiembre de 2011, del Gobierno de Navarra, se han determinado las retenciones de crédito a practicar en el presupuesto de gastos del ejercicio 2011 para el cumplimiento del objetivo de déficit. Asimismo, mediante Orden Foral 172/2011, de 4 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, modificada por Orden Foral 181/2011, de 22 de noviembre, de dicho Consejero, se aprueban las normas reguladoras del cierre y liquidación de los Presupuestos Generales de Navarra y de las Cuentas de Balance del ejercicio del año 2011 y la apertura del ejercicio 2012.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 30 de noviembre, se autoriza al Director General de Política social y consumo a resolver la modalidad "B" de la convocatoria de subvenciones para la financiación de intervenciones sociales y económicas en países en desarrollo aprobadas mediante la Orden Foral 114/2011, de 28 de marzo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

El ajuste de gasto derivado de dichos Acuerdos debe realizarse mediante actuaciones de los Departamentos que supongan o bien no acometer proyectos que, con independencia de su estado de tramitación no hayan alcanzado firmeza, o bien modificar las condiciones de aquellos que constituyan compromisos firmes, reduciendo su contenido o dilatando su ejecución en el tiempo.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 41 e) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Modificar la imputación del crédito autorizado prevista en la Orden Foral 114/2011, de 28 de marzo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se convocan subvenciones para la realización de intervenciones sociales y económicas en países en desarrollo, en el siguiente sentido:

    1. En la base segunda, donde dice que "la cuantía total destinada a tales fines será para el ejercicio 2011 de 10.935.000 euros", deberá decir "la cuantía total...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR