Selección de legislación, jurisprudencia, resoluciones del TEAC y consultas de la DGT. Fiscalidad Estatal

LEGISLACIÓN

LEY GENERAL TRIBUTARIA Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

Real Decreto 1248/2003, de 3 de octubre, por el que se modifica el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre (BOE 15-10-2003).

La modificación introducida en los artículos74.2.a). y 81 RGR así como la derogación del artículo 83 RGR, hace referencia a que, desde la entrada en vigor de este Real Decreto ?1 de enero 2004-, el pago de las deudas aduaneras y de comercio exterior pueda realizarse a través de las entidades de depósito autorizadas par actuar como colaboradoras en la gestión recaudatoria, lo que significa un gran incremento de las oficinas en las que los obligados por estos conceptos podrán efectuar sus ingresos.

Asimismo, modifica el RGR para establecer de forma expresa e inequívoca que la existencia de servicio de caja en las Delegaciones y Administraciones de la AEAT estará condicionada al hecho de que el órgano competente del Ministerio de Hacienda convenga con alguna entidad de depósito la prestación de dichos servicios (artículos 79.3 RGR). Establece, igualmente, en el artículo 76.1. RGR que el Ministro de Hacienda determinará los supuestos particulares de ingresos obligatorios en el servicio de caja.

Resolución de 15 de octubre de 2003, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones correspondientes a recursos de derecho público recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por importe inferior a tres euros (BOE 23-10-2003).

Orden HAC/2991/2003, de 21 de octubre, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. (BOE 29-102003).

Según dispone la Exposición de motivos de esta norma, la necesidad de liberar una parte de los recursos humanos y materiales que vienen dedicándose al archivo del extraordinario volumen de documentación fiscal, y de facilitar la gestión de la misma, aconsejan la creación de una Comisión Calificadora de Documentos Administrativos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria que posibilite una tramitación mucho más ágil de los procedimientos descritos en el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original. A tal fin la Disposición transitoria única de este citado Real Decreto prevé la posibilidad de constituir Comisiones Calificadoras de Documentos Administrativos que tienen, entre otras funciones, la posibilidad de iniciar los procedimientos conducentes a determinar el tipo de documentación que carece de valor histórico o probatorio y en consecuencia es susceptible de ser destruida.

FISCALIDAD DIRECTA

(Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

Orden HAC/2746/2003, de 30 de septiembre, por la que se amplía el anexo de la Orden HAC/1017/2003, de 25 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2002 los índices de rendimiento neto aplicables en el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales (BOE 8-10-2003).

Resolución de 16 de octubre de 2003, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-Ley 5/2003, de 19 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños producidos por las inundaciones y la tormenta de granizo acaecidas el día 16 de agosto de 2003 en la localidad de Alcañiz (Teruel) (BOE 22-10-2003).

Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (BOE 23-10-2003).

Capítulo II (artículo 6): se regula el procedimiento para la justificación de los donativos, donaciones y aportaciones deducibles por el contribuyente del IRPF.

Capítulo III (artículos 7 a 12): regula el procedimiento para la aplicación y reconocimiento de los beneficios fiscales previstos en los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público.

Disposición final segunda: se modifica el apartado 2 del artículo 66 del Reglamento del IRPF, para delimitar con claridad el ámbito de aplicación de la declaración informativa que deben presentar las entidades que perciban donativos regulados en el artículo 55.3.b) de la Ley del IRPF, y unificar su plazo de presentación con el establecido para las declaraciones informativas anuales.

Orden HAC/2990/2003, de 21 de octubre, por la que se modifican los modelos de declaración anual 196, "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a rentas o rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros", 187, "Declaración informativa de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones", 345, "Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos y mutualidades de previsión social. Declaración anual" y 188, "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez? (BOE 29-10-2003).

(Impuesto sobre Sociedades)

Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (BOE 23-10-2003).

Modificación del artículo 57 del Reglamento del IS aprobado por RD 537/1997 (excepciones a la obligación de retener o ingresar a cuenta) en los apartados que a continuación se mencionan:

ordinal 3º del apartado i), en relación con los rendimientos del arriendo o subarriendo de bienes inmuebles urbanos se añade un nuevo párrafo w) referido a las rentas derivadas del ejercicio de las funciones de liquidación de entidades aseguradoras y de los procesos concursales a que éstas se encuentren sometidas obtenidas por el Consorcio de Compensación de Seguros.

Orden HAC/2990/2003, de 21 de octubre, por la que se modifican los modelos de declaración anual 196, "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a rentas o rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros", 187, "Declaración informativa de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones", 345, "Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos y mutualidades de previsión social. Declaración anual" y 188, "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez" (BOE 29-10-2003).

FISCALIDAD INDIRECTA

(Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados)

Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (BOE 23-10-2003).

Modificación de los artículos 89 y 90 del Reglamento del ITPAJD, aprobado por RD 828/1995, sobre la acreditación del derecho a la exención y creación de un apartado 8 en el artículo 95 del mismo texto legal relativo al derecho a la devolución de las cantidades ingresadas.

(Impuesto sobre el Valor Añadido)

Resolución de 16 de octubre de 2003, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-Ley 5/2003, de 19 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños producidos por las inundaciones y la tormenta de granizo acaecidas el día 16 de agosto de 2003 en la localidad de Alcañiz (Teruel. (BOE 22-10-2003).

LEY GENERAL TRIBUTARIA Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

Aplicación de la doctrina del ?levantamiento del velo?, y no del artículo 72 LGT, cuando es la misma persona física la que se transmite a sí misma la explotación económica, mediante la utilización de sociedades ficticias; la segunda sociedad ha de responder solidariamente de las deudas tributarias de las primeras pues el sustrato personal es idéntico. STS 19-4-2003.

Fundamento jurídico 2º: ?Pero el caso de autos va mas allá de la aplicación del artículo 72 de la Ley General Tributaria, porque este precepto contempla la efectiva sucesión de una explotación económica de una persona física, sociedad o entidad jurídica a otra distinta, en tanto que, en el caso presente, es la misma persona física D. Mauricio el que se transmite a si mismo la explotación económica, mediante la utilización de sociedades, a estos efectos ficticias, pues lo único que pretende es el típico fraude de acreedores, en este caso de la Hacienda Pública o sea el procomún, mediante la...

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