SAP Pontevedra 142/2008, 28 de Marzo de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS
ECLIES:APPO:2008:804
Número de Recurso692/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución142/2008
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA Nº: 142/2008

En PONTEVEDRA, a veintiocho de Marzo de dos mil ocho

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 133/2007, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Tui (Rollo de Sala número 692/2007) en el que son partes como apelante: MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILÍSTICA, SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA, que se personó en esta instancia representada por la procuradora Dª Carmen Vidal Rodríguez; y como apelado: AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., que se personó en esta instancia representada por la procuradora Dª María José Gimenez Campos siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de septiembre de 2007, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Bugarín Saracho en representación de Mutua Madrileña Automovilística, Sociedad de Seguros a Prima Fija, frente a la aseguradora Axa Aurora Ibérica de Seguros y Reaseguros, S.A. absolviendo a la misma de las pretensiones contra ella ejercitadas, sin entrar en el fondo del asunto por estimar de oficio la falta de legitimación de la parte actora. Todo ello, con expresa imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación de MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILÍSTICA, recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por la representación de AXA Aurora Ibérica S.A..

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y deimpugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 17 de diciembre de 2007, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna la resolución de la instancia en razón de una inicial alegación de nulidad de actuaciones al no haberse producido la grabación de la Audiencia Previa, considerando insuficiente al efecto el Acta levantada por la Secretaria del Juzgado, denunciando a continuación, en cuanto al fondo, la infracción en la aplicación de las normas procesales sobre legitimación (Art. 9 LEC/00 ) y prueba (Art. 281 LEC/00 ), para finalizar pidiendo la imposición de las costas y el reconocimiento de los intereses legales desde la interpelación...

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