SAP Barcelona 671/2005, 24 de Noviembre de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN VIDAL MARTINEZ
ECLIES:APB:2005:11353
Número de Recurso290/2005
Número de Resolución671/2005
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

SENTENCIA Nº

Barcelona, veinticuatro de Noviembrre de dos mil cinco

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez

María del Carmen Vidal Martínez (Ponente)

Marta Font Marquina

Rosa Maria Agulló Berenguer

Rollo nº: 290/2005

Pleito nº: 1390/2004

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Barcelona

Objeto del juicio: Reclamación del asegurado contra su aseguradora por los daños del vehículo. Motivo del recurso: Improcedencia de la compensación declarada en la sentencia apelada. Apelante: D. Raúl

Abogado: Sr. Sala Sebastià

Procurador: Sr. Moya Matas

Apelado: Compañía Española de Seguros y Reaseguros Maaf, S.A.

Abogado: Sra. Salud Carabella

Procurador: Sr. Gutiérrez Gragera

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA:

    En la demanda, presentada el día 17-2-2004 se relata que el actor compró un vehículo por el precio de

    1.791.875,- pesetas en fecha 28-7-2000; que el día 11-7-2001 suscribió contrato de seguro con la demandada y que el 2-8-2001 sufrió un accidente que determinó que el vehículo fuera declarado pericialmente como siniestro total. Sostiene que el valor de mercado del vehículo al tiempo del siniestro era de 13.590,50#

    (2.261.269 pesetas), y reclama la cantidad de 12.839,23# una vez deducido el valor de los restos (450,76) y la franquicia (300,51), así como los intereses del artículo 20 LCS .

    En la contestación se opuso la excepción de pluspetición. Se alegó que la única cantidad procedente sería la de 9.177,56# o como máximo la de la última oferta cursada por 11.404,67#, de la que debería descontarse el valor de los restos y de la franquicia. Sostiene que también deben descontarse los recibos pendientes que ascienden a la cantidad de 1.490,52#, y que resulta improcedente la condena al pago de intereses y costas.

    La parte dispositiva de la sentencia recurrida, de fecha 30 de Diciembre de 2004, es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda instada por Don Raúl, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Moya, frente a COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS MAAF, S.A., representada por el Procurador Sr. Gutiérrez Gragera debo condenar y condeno a dicha demandada a abonar al actor la cantidad de 11.348,71 euros más los intereses legales de dicha cantidad incrementados en un 50% desde la fecha del siniestro hasta los dos años, y del 20% anual a partir de dichos dos años y hasta el completo pago por la aseguradora. Desestimando lo restante pedido, y todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas en esta instancia".

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN:

    El recurrente argumenta que resulta improcedente la compensación declarada en la sentencia apelada en relación con los recibos pendientes, y que tampoco se ha acreditado que exista una deuda de 1.490,52#.

    El apelado se opone y coincide con la argumentación contenida en la sentencia apelada.

  3. TRÁMITES EN LA SALA:

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR