SAP Barcelona, 19 de Octubre de 2006

PonenteDANIEL DE ALFONSO LASO
ECLIES:APB:2006:10563
Número de Recurso29/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA.

SECCIÓN DÉCIMA.

ROLLO Nº29/2.006

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº62/2.004

JUZGADO DE LO PENAL Nº9 DE BARCELONA

SENTENCIA Nº

Ilmos. Srs.:

D. JOSÉ MARÍA PIJUAN CANADELL.

D. SANTIAGO VIDAL MARSAL.

D. DANIEL DE ALFONSO LASO.

En Barcelona, a 19 de octubre de 2.006.

VISTO, en nombre de S.M. el Rey, en grado de apelación, por esta SECCIÓN DÉCIMA de la Audiencia Provincial de Barcelona, el presente Rollo de Apelación nº29/2.006, dimanante del Procedimiento Abreviado nº62/2.004, procedente del Juzgado de lo Penal nº9 de Barcelona, seguido por un delito contra la seguridad del tráfico, en el que se dictó sentencia el día 2 de enero de 2.006. Ha sido parte apelante el procurador Sra. Gascón Garnica, en nombre y representación de Cosme ; y parte apelada El Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada, a la que se ha hecho mención en el anterior encabezamiento, es del siguiente tenor literal: "FALLO: Que condeno a Cosme como autor de un delito contra la seguridad del tráfico y de un delito de conducción temeraria, con la agravante de reincidencia, a la pena de 1 año y 4 meses de prisión y 4 años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores y costas...".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, contra la misma se interpusieron sendos recursos de apelación dentro del plazo legal de diez días (art. 795.1º, L.E.Criminal) por la parte apelante ya indicada en el encabezamiento de esta resolución. Admitidos a trámite dichos recursos se cumplimentó por el Juzgado de lo Penal lo dispuesto en el art. 795.4º de la L.E.Criminal, de dar traslado de los mismos a las demás partes que hubiere, por un plazo común de otros diez días, para que pudieran alegar lo pertinente en defensa de sus derechos. Transcurrido ese término, los autos se elevaron a esta Audiencia Provincial de Barcelona.

TERCERO

Turnada la causa -por adscripción del Juzgado de lo Penal- a esta Sección Décima de la Audiencia, se dictó providencia ordenando la incoación del presente Rollo de Apelación, que fue numerado y registrado, designándose también al magistrado ponente con arreglo a criterios objetivos previamente establecidos (art. 203 de la L.O.P.J.); y, tras examinarse las diligencias y los escritos presentados, este Tribunal no consideró necesaria la celebración de vista en esta alzada (art. 795.6º de la L.E.Criminal), señalándose el día de hoy, 19 de octubre de 2006, para la deliberación y resolución de los recursos de apelación interpuestos.

Ha sido Magistrado ponente en la tramitación y resolución del presente Rollo de Apelación, el Ilmo. Sr. D. DANIEL DE ALFONSO LASO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los hechos que se han declarado probados en la sentencia apelada, así como sus fundamentos jurídicos en cuanto no se opongan a los de la presente, y

PRIMERO

Previamente a adentrarnos en el motivo mismo del recurso de apelación interpuesto, es menester realizar cuando menos óbiter dicta- una breve mención a lo que este Tribunal ha percibido en la Resolución combatida. En este sentido llama la atención que en el primer Fundamento de Derecho se diga de forma expresa que "Los hechos son constitutivos de un delito contra la seguridad del tráfico del artículo 379 y de un delito de quebrantamiento de medida...

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