STSJ Comunidad Valenciana 2314/2006, 4 de Julio de 2006

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2006:4798
Número de Recurso786/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2314/2006
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

Rec. Contra Sent nº 786/06

Recurso contra Sentencia núm. 786 de 2.006

Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a cuatro de julio de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2314 de 2.006

En el Recurso de Suplicación núm. 786/06, interpuesto contra la sentencia de fecha 4-11-05, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 7 de Valencia, en los autos núm. 162/05 , seguidos sobre Reintegro de Pensión, a instancia de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , contra D. Jesús , asistido del Letrado Dª Milagros Ferrer Martí, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sr. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 4-11-05 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que, desestimando la demanda interpuesta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social contra D. Jesús , debo absolver y absuelvo al citado demandado de las pretensiones formuladas contra el mismo. ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- D. Jesús , nacido el día 6.3.39, prestó servicios para la Empresa Municipal de Transportes de Valenciana desde el día 13.10.69 y con categoría de Inspector Jefe, por cuiya razón estuvo en talta y cotizó en el Régimen General de la Seguridad Social.-SEGUNDO.- D. Jesús pasó en fecha 29.10.01 a la situación de Jubilación parcial, con el 15% de parcialidad,suscribiendo contrato de trabajo con la citada empresa EMT, a tiempo parcial por jubilación parcial (jornada de 266,1 horas al mes), temporal y de duración prevista desde la mencionada fecha hasta el 6.3.04, comunicando la empresa a la Tesoreria General de la Seguridad Social cambio de datos en el Régimen General con porcentaje de parcialidad del 15%, por cambio de contrato, habiendo dado la empresa de baja al trabajador en este Régimen el día 6.3.04 por pasar a situación de pensionista.. La empresa concertó contrato de trabajo de relevo con D. Marco Antonio , nacido el día 13.8.71, para sustitución del demandado.-TERCERO.- El Sr. Jesús solicitó en fecha 9.11.01 pensión de jubilación como consecuencia de su cese en la empresa EMT, habiéndole sido reconocida pensión de jubilación parcial del Régimen General de la Seguridad Social por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 29.11.01 en porcentaje del 85%, y sobre una base reguladora de 329.732 ptas (1.981,73 ?), con efectos económicos de 29.10.01.-CUARTO.- El demandado cesó en la EMT en fecha 6.3.04 habiendo solicitado la pensión de jubilación ordinaria en fecha 16.3.04 pasando la percibir la pensión de jubilación ordinaria, que le fue reconocida por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 7.5.04 con fecha de efectos 7.3.04 en porcentaje del 100% sobre una base reguladora de 1.942,71?.-QUINTO.- El demandado percibió entre el 29.10.01 y el 6.3.04 en concepto de pensión de jubilación la cantidad íntegra de 59.032,80?.-SEXTO.- El demandado figuró en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social: -durante el periodo comprendido entre el 1.4.92 y el 31.10.96 como consecuencia de la actividad de autoescuela (formando parte de comunidad de bienes Autoescuela Yeves, con un 25% de participación).-durante el periodo de 1.6.99 a 31.7.99 como consecuencia de la actividad de socio administrador solidario de S.L. en Autoescuela Yeves S.L..- durante el periodo de 1.7.01 a 30.9.01 por su condición de socio con más del 50% de las participaciones sociales y administrador de la citada sociedad.-SEPTIMO.- El Sr. Jesús concertó en fecha 10.10.01 contrato de trabajo a tiempo parcial con la empresa Autoescuela Yeves S.L., dedicada a la actividad de autoescuela, pactándose una jornada de treinta horas semanales. En fecha 10.01.01 fue dado de alta en el Régimen General como trabajador (profesor) de la empresa Autoescuela Yeves, S.L. coeficiente de parcialidad 0,857 .- OCTAVO.- El demandado formuló en fecha 19.10.01 solicitud para la distribución de tope de cotización por pluriempleo como trabajador de la empresa Autoescuela Yeves S.L. )30 horas semanales) y como trabajador de E.M.T. y por resolución de la Tesoreria General de la Seguridad Social de 24.10.01 se estimó la solicitud de distribución del tope de cotización por pluriempleo fijando los límites en la base de cotización por pluriempleo fijando los límites en la base de cotización por pluriempleo fijando los limites en la base de cotización afectada respecto de las contingencias comúnmente protegidas..-NOVENO.- La mercantil Autoescuela Yeves, S.L. incremento el capital social por escritura pública de 5.10.01, que quedó dividido en 860 participantes sociales. El Sr.. Jesús mediante escritura pública de fecha 5.10.01 vendió 258 participaciones sociales en la compañía autoescuela Yeves, S.A. a su hijo y tambien socio Luis Pedro , quedando la composición del capital social del siguiente modo: el...

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