STSJ Cataluña , 10 de Junio de 2005

PonenteJOSE MANUEL DE SOLER BIGAS
ECLIES:TSJCAT:2005:7346
Número de Recurso1611/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso nº 1611/2002 SENTENCIA Nº 517/2005 Ilmos. Sres.:

Presidente DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO Magistrados DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA DON JOSÉ MANUEL DE SOLER BIGAS En la Ciudad de Barcelona, a diez de junio de dos mil cinco.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo nº 1611/2002, interpuesto por la Sociedad ILERSEGUR SL , representada por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Pascual Pascual y defendida por el Letrado D. Pascual A. Vidal Fernández , siendo demandada la GENERALITAT DE CATALUNYA, representada y defendida por la Sra. Letrada de sus servicios jurídicos. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL DE SOLER BIGAS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la resolución dictada en fecha 9 de julio de 2002 por el Hble.

Conseller d'Interior de la Generalitat de Catalunya.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley de la Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del proceso, la impugnación por la parte actora de la resolución dictada en fecha 9 de julio de 2002 por el Hble. Conseller d'Interior de la Generalitat de Catalunya, confirmatoria en via de alzada de anterior resolución por la que se impuso a aquélla la sanción consistente en dos multas de 300'52 euros, por la comisión de sendas infracciones previstas en los Arts. 10.1 y 13 en relación con el Art. 22.2 c) y e) de la Ley 23/92, de 30 de julio, de Seguridad Privada .

Resulta del expediente administrativo que en fecha 4 de agosto de 2001, a las 20 horas, los agentes del Cuerpo de Mossos d'Esquadra con carnets profesionales nums. 1366 y 1852 levantaron un acta de inspección frente al edificio correspondiente a la Comunidad de Propietarios Nou Vall d'Hebró de Barcelona, dejando constancia de que el empleado de la Sociedad actora D. Luis Pablo , uniformado y en compañía de Serafin , también uniformado y empleado de otra Sociedad, realizaba labores de vigilancia, careciendo de habilitación legal como vigilante de seguridad.

Constataron asimismo los agentes, por el propio y expreso reconocimiento de las dos personas referidas, interrogadas al efecto, que éstas realizaban sus funciones de vigilancia en la vía pública, en concreto, mediante "rondas" por las calles Berruguete, Moragas y Can Marcet, y plazas Cornudella y Pallach.

Incoado procedimiento sancionador contra la actora, se imputó a la misma la comisión de dos infracciones administrativas, a saber :

  1. Una falta grave prevista en el Art. 10.1 en relación con los Arts. 22.2...

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