DECRETO 29/2004, de 1 de abril, de segunda modificación del Decreto 137/1999, de 16 de septiembre, por el que se regula la organización y funciones del Instituto Asturiano de la Mujer.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorConsorcio de Aguas
Rango de LeyDecreto

La organizaciÛn y funciones del Instituto Asturiano de la Mujer se regula por el Decreto 137/1999, de 16 de septiembre, modificado parcialmente por el Decreto 58/2000, de 27 de julio.

Como consecuencia de la entrada en vigor del Decreto 9/2003, de 7 de julio, del Presidente del Principado, se ha producido una reestructuraciÛn de las ConsejerÌas que integran la AdministraciÛn de la Comunidad AutÛnoma, afectando igualmente, tras la aprobaciÛn de los correspondientes Decretos reguladores de su estructura org·nica, a los Ûrganos centrales de dichas ConsejerÌas, lo que hace necesario adaptar la composiciÛn del Consejo Rector del Instituto a la nueva estructura de la administraciÛn autonÛmica. Asimismo, el tiempo transcurrido desde la aprobaciÛn de la normativa reguladora de la organizaciÛn y funciones del Instituto Asturiano de la Mujer, la experiencia de funcionamiento de Èste, y los cambios normativos habidos con incidencia en las polÌticas de igualdad entre mujeres y hombres, de impulso y promociÛn de la participaciÛn de las mujeres en todos los ·mbitos y de eliminaciÛn de cualquier forma de discriminaciÛn, aconsejan una revisiÛn puntual de las normas de organizaciÛn y funcionamiento interno del Instituto en aras de asegurar su m·xima operatividad y eficacia.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de la Presidencia, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reuniÛn de 1 de abril de 2004, D I S P O N G O ArtÌculo ˙nico 1. Se aÒade un epÌgrafe l) al artÌculo 3 del Decreto 137/1999, de 16 de septiembre, con la siguiente redacciÛn, pasando el anteriormente enunciado con la misma letra a enunciarse como m): øl) Impulsar el an·lisis de las polÌticas de la Comunidad AutÛnoma desde la perspectiva de gÈnero.ø 2. Se modifica la redacciÛn del epÌgrafe c) del artÌculo 5 y del artÌculo 12 del Decreto 137/1999, de 16 de septiembre, que quedan redactados como sigue: øArtÌculo 5.ø El Consejo Rector c) Una persona en representaciÛn de cada una de las ConsejerÌas que integran la AdministraciÛn del Principado de Asturias, designada por su titular, con rango de Director o Directora General.ø †øArtÌculo 12.ø ComposiciÛn La ComisiÛn de Seguimiento de las PolÌticas de Igualdad de Oportunidades estar· presidida por quien ostente la DirecciÛn del Instituto Asturiano de...

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