Decreto por el que se regula la organización y función del Instituto Asturiano de la Mujer. (Decreto 137/1999, de 16 de septiembre)
Publicado en | BOPA |
Ámbito Territorial | Normativa de Asturias |
Rango | Decreto |
La Constitución Española establece, en su artículo 14, el principio de igualdad y no discriminación por razón de sexo.
El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias en su artículo 9 d) establece que las Instituciones de la Comunidad Autónoma velarán especialmente por procurar la adopción de medidas dirigidas a promover las condiciones y a remover los obstáculos para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean efectivas y reales.
Por todo ello, y una vez creado por Decreto 61/1999, de 10 de agosto, el Instituto Asturiano de la Mujer, parece oportuno regular la organización y funciones del mismo, así como sus órganos de consulta y participación para hacer efectivo el principio de igualdad entre hombres y mujeres, impulsar y promover la participación de las mujeres en todos los ámbitos y eliminar cualquier forma de discriminación.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de la Presidencia y previo acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, en su reunión del día 16 de septiembre de 1999, dispongo:
El Instituto Asturiano de la Mujer es un órgano desconcentrado con nivel orgánico de Servicio, adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad.
Conforme a lo dispuesto en su Decreto de creación, el Instituto Asturiano de la Mujer tendrá como fines:
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Las actividades relacionadas con las acciones y medidas necesarias para hacer efectivo el principio de igualdad entre el hombre y la mujer.
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Impulsar y promover la participación de las mujeres en todos los ámbitos.
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Eliminar cualquier forma de discriminación entre hombres y mujeres.
Para el cumplimiento de sus fines, el Instituto Asturiano de la Mujer desarrollará las siguientes funciones:
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Desarrollo de programas integrales del Gobierno de la Comunidad Autónoma impulsando programas, medidas y servicios que contribuyan a eliminar la discriminación de las mujeres.
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Impulsar la revisión de las disposiciones de carácter general para eliminar de ellas las discriminaciones por razón de sexo, velando por su aplicación y desarrollo de forma igualitaria.
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Impulsar medidas encaminadas a posibilitar el acceso de las mujeres al empleo, eliminar las discriminaciones por razón de sexo en el ámbito laboral, favorecer la formación continua tanto de desempleadas como de mujeres ocupadas, y promover la iniciativa empresarial entre las mujeres.
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Promover la ejecución de proyectos que incidan en una educación no sexista en los distintos niveles educativos.
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Favorecer el desarrollo de medidas dirigidas al fomento de un reparto más equilibrado de las responsabilidades, públicas y privadas, entre hombres y mujeres.
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Posibilitar la participación y representatividad de las mujeres en la actividad social, política y cultural de la Comunidad Autónoma.
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Impulsar proyectos de actuación específicos en relación con la salud de las mujeres.
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Desarrollar programas generales y específicos dirigidos a ampliar la protección social de los colectivos de mujeres más desfavorecidos.
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Realizar, fomentar y divulgar estudios sobre la situación de las mujeres asturianas, con el fin de que sirvan para orientar la elaboración de las políticas de igualdad y la sensibilización de la población hacia la situación de las mujeres.
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Fomentar las relaciones con las organizaciones no gubernamentales, los Ayuntamientos, otras Comunidades Autónomas, con la Administración General del Estado y con las instituciones comunitarias, para la cooperación en programas dirigidos a la igualdad de oportunidades entre hombres y...
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