Ley 22/1981, de 24 de Junio, sobre Concesion de Un credito extraordinario por importe de 113.448.487 pesetas para satisfacer los Gastos previstos en el Real decreto 855/1980, de 3 de Mayo, de elecciones parciales para cubrir escaños de Senador en representacion de las Provincias de almeria y Sevilla.

MarginalBOE-A-1981-15808
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

Don Juan Carlos I, rey de España

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo primero

Se concede un crédito extraordinario de ciento trece millones cuatrocientas cuarenta y ocho mil cuatrocientas ochenta y siete pesetas, al presupuesto en vigor de la sección dieciséis "mínisterio de interior"; Servicio cero siete, "Ministerio, subsecretaría y Servicios Generales"; Artículo veinticinco, "gastos especiales para funcionamiento de los servicios";concepto doscientos cincuenta y siete (nuevo), "gastos ocasionados para la celebración de elecciones parciales para cubrir escaños de Senador en representación de las provincias de almería y Sevilla".

Artículo segundo

El importe del mencionado crédito extraordinario se cubrirá con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la zarzuela, Madrid, a veinticuatro de junio de mil novecientos ochenta y uno.

Juan Carlos R.

El Presidente del Gobierno,

Leopoldo Calvo sotelo y bustelo

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