Ley 16/1981, de 10 de Junio, de Concesion de Un credito extraordinario por un importe de 177.505.790 pesetas, con destino a Financiar los Gastos derivados de la aplicacion del Real decreto 112/1980, de 22 de Enero.

MarginalBOE-A-1981-14912
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

Don Juan Carlos I, rey de España

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales, han aprobado y yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo primero

Se concede un crédito extraordinario de ciento setenta siete millones quinientas cinco mil setecientas noventa pesetas, aplicado al presupuesto en vigor de la sección dieciséis, "Ministerio del Interior"; Servicio cero uno, "Ministerio, subsecretaría y Servicios Generales"; Artículo cuarenta y siete, "a instituciones sin fines de lucro"; Concepto cuatrocientos setenta y cuatro nuevo, "para financiar los gastos derivados de la aplicación del Real Decreto ciento doce/mil novecientos ochenta, de veintidós de enero".

Artículo segundo

El importe del mencionado crédito extraordinario se cubrirá con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real, de Madrid, a diez de junio de mil novecientos ochenta y uno.

Juan Carlos R.

El Presidente del Gobierno,

Leopoldo Calvo-sotelo y bustelo

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR