STSJ Comunidad Valenciana 448, 17 de Enero de 2006

PonenteJUAN MONTERO AROCA
ECLIES:TSJCV:2006:448
Número de Recurso2139/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución448
Fecha de Resolución17 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Social

5 R.C. Sent. 2139/05 Recurso contra Sentencia núm. 2139/2005 Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas Presidente Ilma. Sra. Dª María Montes Cebrian Ilmo. Sr. D. Juan Montero Aroca En Valencia, a diecisiete de Enero de dos mil seis La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 101/2006 En el Recurso de Suplicación núm. 2139/2005, interpuesto contra la sentencia de fecha 15 de Marzo de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 7 de Alicante, en los autos núm. 833/04 , seguidos sobre Cantidad, a instancia de D. Rodrigo , asistido del Letrado Alejadndor Huerta , contra CONSELLERIA DE JUSTICIA, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Juan Montero Aroca.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 15 de Marzo de 2005 , dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Estimando la demanda deducida en materia de reclamación de Cantidad por D. Rodrigo , condeno a la demandada Generalidad Valenciana (Consejeria de Justicia y Administraciones Públicas a satisfacerle la suma bruta de 617,69 euros, en concepto de trienios devengaos en el período 1-2-02 a 30-6-2004, pagas extras correspondientes incluidas. Se impone a la demandada Consejería de Justicia y Administraciones Públicas G.V. una sanción pecuniaria de 475,00 euros, comprensiva en cuantía de 175,00 euros de los honorarios del letrado de la parte actora."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- D. Rodrigo , demandante e autos, vecino de Alicante y mauro de edad, provisto de DNI nº NUM000 , viene prestando sus servicios para la demandada Consejería de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana, en el centro de trabajo Juzgados de Orihuela, con la categoría profesional de Auxiliar de mantenimiento, incardinada en el grupo profesional "D" haciéndolo desde 2-2-1998, en puesto de trabajo número 19092, al amparo de contrato de trabajo de duración determinada o temporal, de interinidad en puesto de trabajo vacante de data 18-12-1997. SEGUNDO.- Entendiendo el actor haber cumplido un trienio a partir de 1-3-01 a efectos económicos, y dos trienios a partir de 1-3-04, reclama en demanda por tal concepto de antigüedad la suma de 617,69 euros, correspondientes al periodo 1-2- 02 al 30-6-04, incluidas las correspondientes gratificaciones extraordinarias del periodo en cuestión; demanda que fue presentada en decanato el dia 12-11-04, teniendo entrada el 16-noviembre-04 en este Juzgado de lo Social por turno de reparto, dándose aquí por reproducido el hecho cuarto de la misma en los relativo al desglose por periodos de la suma reclamada en concepto de plus o premio de antigüedad. TERCERO.- Presentada el dia 1-9-04 coincidente reclamación previa, la misma no consta haya sido objeto de expresa contestación o resolución al dia de la fecha. CUARTO.- El valor del trienio APRA el grupo profesional "D" asciende en 2002 a 15,53 euros/mes, siendo en 2003 y 2004 de respectivamente, 15,84 euros/mes y de 16,17 euros/mes. QUINTO.- La Sala 4ª del Tribunal supremo conoció de recurso de casación ordinaria núm. 001/122/2003, formalizado frente a sentencia dictada en la instancia en Autos núm 6/2003 sobre Conflicto Colectivo por la Sala de lo Social del TSJ de la Cdad.

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