Muñoz Sabaté, I.: Enfermedad y justicia (el papel del Derecho en la psicoterapia individual y social)

AutorCarlos Marín Albornoz
Páginas523-526

Muñoz Sabaté, I.: Enfermedad y justicia (el papel del Derecho en la psicoterapia individual y social). Editorial Hispano Europea. Barcelona, 1972.

Page 523

La obra que hoy se reseña consta de dos partes: la primera, concerniente al conflicto jurídico, y la segunda, a la subfunción terapéutica del jurista. Van precedidas del correspondiente índice y dos prólogos, con un total de 148 páginas, incluyendo al final un índice de autores.

En el denominado prólogo I, firmado por el catedrático de Psiquiatría señor Obiols, se pone de manifiesto la enorme difusión que en nuestro mundo cultural tiene el concepto de psicoterapia, sobre el cual se han vertido significados muy diversos. También se destaca en él la importancia de la presente obra en cuanto ha venido a implicar una importante contribución a la psicología.

El prólogo II lleva la firma de Manuel Serra Domínguez, catedrático de Derecho Procesal. En este prólogo también se resalta la importancia de la obra, cuyas páginas demuestran por sí solas «la eficacia del intento del autor de enfocar la realidad jurídica desde un planteamiento psicológico y el magnífico estudio efectuado sobre la lucha por el Derecho».

La primera parte del libro está dedicada al conflicto jurídico, concepto bajo el cual pueden verse recogidos muy diversos apartados.

En principio, el autor confiesa que pretende realizar un análisis lo más detenido posible de la supuesta correlación Derecho-neurosis, intentando extraer sus más importantes derivaciones patológicas y terapéuticas, las cuales si bien en el plano de la ciencia del Derecho podrán concebirse como una mera subfunción o subproducto del fenómeno jurídico, en el plano de la Medicina y de la Psicología resultan todo lo contrario, unos centros inmediatos de experiencia e interés.

Examina el conflicto humano como centro de gravedad del fenómeno jurídico y los efectos invisibles del Derecho, señalando cómo a veces la inconsciente sumisión al orden jurídico falla lamentablemente, bien sea por deficiencias técnicas en el propio ordenamiento, bien por la resistencia de los individuos a cumplirlo, y es entonces cuando se hace necesar.?. la intervención de un órgano investido de poder supraindividual, que restablezca o compense el orden jurídico alterado por dicha conducta. Dice también que entre el cumplimiento automático e inconscientemente voluntario de las normas jurídicas y el cumplimiento forzoso impuesto por la sentencia judicial se da, sin embargo, una instancia intermedia. Tratase del sometimiento jurídico persuasivo, generalmente impuesto por el consejo del abogado.

Bajo el título de «vivencia del conflicto jurídico» indica cómo el contenido de la mayor parte de los derechos que se conflictúan suele ser de índole marcadamente patrimonial, y es lo patrimonial lo que, al lado de su naturaleza económica, tiene una dimensión antropológica que no se puede ignorar.PG524>

Por otra parte, se pone de manifiesto la profunda influencia que el sentimiento de justicia desempeña en el desarrollo de la personalidad. Lo justo se...

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