AAP Madrid 255/2003, 11 de Julio de 2003
ECLI | ES:APM:2003:8514 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 255/2003 |
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª |
ROLLO RP Nº 4/03
JUZGADO DE LO PENAL Nº 27 DE MADRID
JUICIO ORAL Nº 412/02
SENTENCIA Nº 255/03
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCIÓN 23ª
ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
D. RAFAEL MOZO MUELAS
D. JESUS EDUARDO GUTIERREZ
En Madrid, a 11 de Julio de 2003.
VISTA, por esta Sección 23ª de la Audiencia Provincial de Madrid, y en grado de apelación la presente causa nº 4/03, procedente del Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid seguida por delito de robo uso vehículo de motor, siendo apelante, el Ministerio Fiscal y apelado, Jon , representado por el Procurador D. Jesús Fontanilla Fornielles y defendido por la Letrada Dña. Mª Pilar Diaz Navarro.
Ha sido parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL MOZO MUELAS.
En la causa mencionada, con fecha 14 de noviembre de 2002, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez de lo Penal nº 27 de Madrid, dictó sentencia cuya parte dispositiva dice: "Que debo absolver y absuelvo a Jon del delito de robo de uso de vehículo a motor por el que venía acusado con declaración de las costas de oficio.
En cuanto a las penas privativas de libertad abónese el tiempo en que los acusados hubieran estado privados de libertad por detención o prisión preventiva sufrida en la presente causa".
El relato de hechos probados es el siguiente: "Sobre las 5:50 horas del día 24-4-02, Jon , mayor de edad y con antecedentes penales que pueden ser cancelados, fue sorprendido por la policía cuando circulaba por el poblado de las Barranquillas de Madrid conduciendo el vehículo matrícula H-....-OK , propiedad de Manuel que había sido arrancado sin consentimiento de su propietario horas antes -en concreto a partir de las 21.30 horas- de la calle Doctor Blanco Soler de Madrid.
Los daños causados en el vehículo tras hacerle el puente eléctrico han sido tasados en 84,41 euros por los cuales no reclama el propietario".
Notificada dicha sentencia a las partes personadas, por el Ministerio Fiscal, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y efectuando el correspondiente traslado la defensa del acusado impugnó el recurso. Remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Recibidos los autos en esta Sección 23ª, se formó nº 4/03 y se efectuó el señalamiento para deliberación y fallo de este recurso, quedando las actuaciones vistas para su resolución.
HECHOS PROBADOS
UNICO.- Se aceptan íntegramente los contenidos en la sentencia.
El Ministerio Fiscal por el cauce del error en la apreciación de la prueba aduce en el recurso que los hechos serían constitutivos de un delito de robo de uso o hurto de uso descrito en el art. 244.2 y 1 del Código Penal, pues el escaso tiempo que transcurre desde que su propietaria lo deja estacionado y...
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