SAP Murcia 77/2006, 21 de Noviembre de 2006
Ponente | JAIME GIMENEZ LLAMAS |
ECLI | ES:APMU:2006:2662 |
Número de Recurso | 244/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 77/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00077/2006
SENTENCIA NUM. 77/06
Iltmos. Srs.
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Antonio Jover Coy
D. Jaime Giménez Llamas
Magistrados
En la Ciudad de Murcia, a veintiuno de noviembre del año dos mil seis.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilustrísima Audiencia Provincial el Proceso de Juicio Rápido que por delito de robo con fuerza, se ha seguido en el Juzgado de lo Penal número Cinco de los de Murcia, bajo el núm. 70/06, y antes en el Juzgado de Instrucción núm. Cinco de Murcia como Diligencias Urgentes de Guardia núm. 148/06 contra David, representado por la Procuradora Sra. Arqués Perpiñán y asistido del Letrado Sr. Ruiz Palacios, habiendo sido partes en esta alzada el Ministerio Fiscal que actúa como apelado, así como el acusado que lo hace como apelante. Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jaime Giménez Llamas, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de lo Penal citado dictó en los referidos autos sentencia con fecha 3 de julio de 2.006, sentando como hechos probados los siguientes: "Se declara probado que sobre las 03,00 horas del día 21 de junio de 2006, el acusado David, mayor de edad y sin antecedentes penales, solo o en compañía de otro/s, con el ánimo de obtener lucro ilícito, tras romper la valla circundante desanudando la misma, se introdujo en una obra sita en Calle Orfeo de Los Garres, Murcia, donde se apoderó de un cable de cobre plastificado destinado al suministro eléctrico de la grúa, propiedad de Estructuras Miguel Ángel Gálvez, causando daños tasados en 1.052 euros y perjuicios por paralización de la obra tasados en 945 euros, renunciando el perjudicado en el acto del juicio oral a la indemnización que le pudiera corresponder por estos hechos.
Parte del cable sustraído fue recuperado oculto en un garaje de la vivienda de David y entregado en depósito a su propietario".
Estimando el Juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos de delito, dictó el siguiente "FALLO: Que debo condenar y condeno al acusado David, como autor penalmente responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas causadas en la presente instancia.
Se hace entrega definitiva a su propietario del cable sustraído y recuperado, entregado inicialmente en depósito provisional".
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, la representación de David interpuso recurso de apelación, del que se dio traslado a las demás partes. El Ministerio Fiscal impugnó el recurso solicitando la confirmación de la sentencia recurrida. Teniéndose por interpuesto el recurso, se remitieron por el Juzgado las diligencias originales a esta Audiencia,...
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