STSJ Andalucía 27/2008, 8 de Enero de 2008

PonenteJOSE ANGEL VAZQUEZ GARCIA
ECLIES:TSJAND:2008:2584
Número de Recurso1064/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución27/2008
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

D. Heriberto Asencio Cantisán.

D. Guillermo Sanchis Fernández Mensaque.

D. José Ángel Vazquez García.

En Sevilla, a 8 de enero de 2008.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto en nombre del Rey el recurso número 1.064/2004, seguido entre las siguientes partes: DEMANDANTE: Dª Maite , Dª Dolores , Dª Penélope y D. Claudio , representados por el Procurador D. Pablo Silva Bravo y asistidos de Letrado. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, representado y defendido por el Abogado del Estado.

A N T E C E D E N T E S DE H E C H O
PRIMERO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala, dicte sentencia anulatoria de las resoluciones impugnadas, con los demás pronunciamientos de constancia.

SEGUNDO

En su contestación la parte demandada solicita dicte sentencia desestimando el recurso interpuesto.-TERCERO .- Señalado día para la votación y fallo del presente recurso ha tenido efecto en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.-Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Ángel Vazquez García.-

F U N D A M E N T O S DE D E R E C H O
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso el acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía de fecha 26 de marzo de 2004 estimando parcialmente la reclamación nº NUM000 interpuesta contra liquidaciones provisionales derivadas de Actas de disconformidad practicadas por la Dependencia de Inspección de la Delegación de Sevilla de la A.E.A.T., en relación con el IRPF, ejercicios 1996 a 1999, por un importe total de 11.752,2 €.

SEGUNDO

Expropiadas en el año 1943 por el Ministerio del Aire diversas fincas rústicas para la ampliación del aeródromo militar y base aérea de Tablada, el 19 de junio de 1989 el Ministerio de Defensa acuerda su desafectación. Como consecuencia de ello, los actores, en cuanto herederos del expropiado, solicitaron la declaración del derecho de reversión que les fue reconocido por resolución de la Dirección de la Gerencia de Infraestructuras de la Defensa de fecha 31 de diciembre de 1992. Por contrato privado de 25 de septiembre de 1996, elevado a escritura pública el 25 de septiembre de 1997, los reversionistas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR