SAP Ávila 150/2007, 27 de Junio de 2007
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Ávila, seccion 1 (civil y penal) |
Número de resolución | 150/2007 |
Fecha | 27 Junio 2007 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
AVILA
SENTENCIA: 00150/2007
Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, ha
pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA N U M: 150/07
SEÑORES DEL TRIBUNAL
ILUSTRISIMOS/AS SRES/AS
PRESIDENTA
Dª.MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLÁ
MAGISTRADOS
D. JESÚS GARCIA GARCIA
D. MIGUEL ÁNGEL CALLEJO SÁNCHEZ
En la ciudad de AVILA, a veintisiete de Junio de dos mil siete.
Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 217 /2006, seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN de PIEDRAHITA, RECURSO DE APELACION (LECN) 183 /2007; seguidos entre partes, de una como recurrente Dª. Natalia, representada por la Procuradora Dª CARMEN MATA GRANDE, dirigida por el Letrado D. JOSE LUIS MONTESINOS FERNANDEZ, y de otra como recurrida Dª. Andrea, representada por la Procuradora Dª CARMEN DEL VALLE ESCUDERO y dirigida por el Letrado D. EMILIO VALDIVIELSO RIESCO. Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr. D. MIGUEL ÁNGEL CALLEJO SÁNCHEZ.
Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN de PIEDRAHITA, se dictó sentencia de fecha 26 DE ENERO DE 2007, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Doña Natalia representada por la Procuradora Sra. Mata Grande contra Doña Andrea debo absolver y absuelvo a esta última de las peticiones realizadas en la demanda, condenando a la actora al pago de las costas".
Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.
Doña Natalia interpuso demanda de Juicio Ordinario en ejercicio de la acción de retracto de arrendamiento urbano señalando que es arrendataria de una vivienda sita en la localidad de Bohoyo (Ávila), CALLE000 núm. NUM000, de la que era propietaria Dª. Teresa, según contrato de arrendamiento de fecha 2 de Noviembre de 2003; que el 5 de Mayo de 2006 recibió una carta de Dª. Andrea haciéndole constar que le había comprado la vivienda a su tía Teresa de la que es arrendataria. Por todo ello se solicita el reconocimiento del derecho de retracto a favor de Dª. Natalia sobre la citada finca y la obligación de Dª. Andrea de otorgar escritura pública a su favor con las mismas condiciones y precio de su adquisición.
La Sentencia de instancia desestima la demanda, por lo que se interpone recurso de apelación solicitando lo ya indicado.
Por la demandada se presenta la siguiente documentación:
- Certificado del Registro de la Propiedad de Piedrahita (Ávila) donde se describe la citada finca objeto de retracto: RUSTICA: Parcela de terreno al sitio del Campillo, en término de Bohoyo. Tiene una superficie de cuatro áreas. Linda: Norte: resto de la finca de la que se segrega; Sur: resto de la finca de la que se segrega; Este: herederos de Iván y Oeste: CALLE000. Inscrita en el Tomo NUM001, Libro NUM002 de Bohoyo, Folio NUM003, Inscripción NUM004, Finca número NUM005.
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