SAP Murcia 140/2007, 15 de Mayo de 2007
Ponente | JOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ |
ECLI | ES:APMU:2007:1333 |
Número de Recurso | 129/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 140/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 140
Vistos, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados, los autos de juicio verbal número 123/06 (Rollo nº 129/07), que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia número uno de San Javier, siendo partes, como demandante, Dª. Frida , representada en la primera instancia por la Procuradora Dª.Rosa Nieves Martínez Martínez y defendida por el Letrado D.José Francisco Reverte Navarro, y, como demandados, D. Narciso y la compañía aseguradora "GROUPAMA", representados en la primera instancia por la Procuradora Dª.Teresa Foncuberta Hidalgo y representada la aseguradora en esta alzada por la Procuradora Dª.Reyes Azofra Martín y defendidos por el Letrado D.Gaspar de la Peña, actuando en esta alzada, como apelante, la referida aseguradora, y, como apelada, la parte actora, ha sido Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ, que expresa el parecer de la Sala.ANTECEDENTES DE HECHO
Por el Juzgado de Primera Instancia número uno de San Javier, en los referidos autos de juicio verbal, tramitados con el número 123/06 , se dictó Sentencia con fecha 27 de julio de 2.006 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"SE ESTIMA ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por Frida frente a Narciso y Groupama condenando a estos al pago de la cantidad de 787,92 euros y de las costas derivadas de este procedimiento y a la compañía aseguradora a abonar el interés legal del dinero incrementado en un 50% desde el momento de la interposición de la demanda (12 de abril de 2.006).".
Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la aseguradora demandada, que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a la parte actora, emplazándola por diez días para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultara desfavorable, dentro de cuyo plazo presentó escrito de oposición al recurso, solicitando la confirmación de la Sentencia dictada en primera instancia, con expresa condena en costas a la contraparte. Seguidamente, se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 129/07, que ha quedado para Sentencia sin celebración de vista, tras señalarse para el día 15 de mayo de 2.007 su votación y fallo.
En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.
Frente a la Sentencia de primera instancia, que estima íntegramente la demanda interpuesta y condena a los demandados en los términos que se recogen en su fallo, se...
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