SAN, 19 de Julio de 2006

PonenteGUILLERMO ESCOBAR ROCA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2006:3158
Número de Recurso566/2004

FERNANDO DE MATEO MENENDEZMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDEGUILLERMO ESCOBAR ROCAFERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO

SENTENCIA

Madrid, a diecinueve de julio de dos mil seis.

La Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen ha visto el recurso

contencioso- administrativo número 566/04, interpuesto por D. Sergio,

representado por la Procuradora Dª. Susana Gómez Castaño, contra la Resolución del Ministro de

Defensa de 30 de junio de 2004, que inadmitió su reclamación de responsabilidad patrimonial ante

el Ministerio de Defensa, por los daños causados por la no detección del síndrome de Wolf

Parkinson White. Ha sido parte demandada en las presentes actuaciones la Administración

General del Estado, representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el presente recurso y previos los oportunos trámites se confirió traslado a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que hizo mediante escrito presentado el 5 de enero de 2005.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 10 de marzo de 2005, solicitando la desestimación del recurso, con confirmación del acto impugnado, por ser conforme a Derecho.

TERCERO

Admitido el recibimiento del pleito a prueba, se practicó la admitida, según el resultado obrante en autos. El perito médico cardiólogo designado no presentó el Informe solicitado por la Sala a costa de la parte demandante, al no llegar a un acuerdo con la misma.

CUARTO

Mediante escrito de 14 de julio de 2005 la parte actora formuló sus conclusiones, afirmando que "poner a un hombre con familia ante la cruda realidad de perder su trabajo y su carrera profesional de un plumazo NO DEBE SALIRLE GRATIS AL MINISTERIO DE DEFENSA" (en mayúsculas en el original). Por su parte, la Abogacía del Estado dio por reproducidas sus alegaciones anteriores, mediante escrito de 29 de julio de 2005.

QUINTO

Finalmente se señaló para votación y fallo el 18 de julio de 2006, fecha en que ha tenido lugar tal deliberación y votación, habiendo sido ponente el Ilmo. Magistrado D. Guillermo Escobar Roca, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son hechos relevantes para la resolución de este pleito los siguientes: D. Sergio, cerrajero de profesión, ingresó en el Ejército como METP en 1993. En 2001 solicitó acceder a una relación de servicios de carácter permanente y por ello fue sometido a evaluación médica, evaluación en la cual se descubrió que padecía el síndrome de Wolf Parkinson White (Informe de la Junta Médico Pericial de 8 de marzo de 2002), lo que el recurrente desconocía. Por ello, el 29 de noviembre de 2002 solicitó al Ministerio de Defensa una indemnización de 178.000 euros (120.000 por daños morales y 58.000 por lucro cesante) en concepto de responsabilidad patrimonial de la Administración, por no habérsele detectado la enfermedad en 1993. En síntesis, adujo que, de haberle sido detectada la misma en el momento de su ingreso...

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