STSJ Asturias , 25 de Enero de 2002

PonenteEDUARDO GOTA LOSADA
ECLIES:TSJAS:2002:370
Número de Recurso2344/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación Único: 33000 3 0100047 /2002 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2344 /1997 Sobre ADMINISTRACION DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS De D/ña. Jose Luis Procurador/a Sr/a. SIN PROFESIONAL ASIGNADO Contra D/ña. PRINCIPADO DE ASTURIAS SENTENCIA nº 50 Ilmos. Sres.:

Presidente:

DOÑA MARIA JOSE MARGARETO GARCIA Magistrados:

D. FRANCISCO SALTO VILLEN D. EDUARDO GOTA LOSADA En Oviedo, a veinticinco de enero de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 2.344 de 1997, interpuesto por Don Jose Luis , representado y dirigido por el Letrado Don Juan Carlos Chamero Martínez, contra el Principado de Asturias, representado y dirigido por el Letrado Don José María Estrada Janáriz. Siendo Ponente el Iltmo.

Sr. Magistrado D. EDUARDO GOTA LOSADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia por la que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por esta parte contra la desestimación por silencio del recurso ordinario interpuesto el 23 de mayo de 1997, ante la Consejería de Fomento del Principado de Asturias, contra la desestimación igualmente por silencio de la petición efectuada con fecha 30 de septiembre de 1996 en ese mismo Organismo consistente en solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial de la Administración del Principado de Asturias, se acuerde anular estas resoluciones y se condene a la citada Administración a que indemnice a mi representado en la cantidad de 9.037.853 ptas en concepto de responsabilidad patrimonial, cantidad que deberá ser actualizada en fase de ejecución de sentencia tomando como referencia la fecha de la sentencia conforme al incremento experimentado desde el 30 de septiembre de 1996 por el índice de precios al consumo elaborado por el INE, los intereses legales del artículo 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la sentencia, e imponiendo las costas de este recurso a quien se oponga temerariamente a la pretensión de mis mandantes. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Por Auto de veintinueve de abril de 1999 se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y Fallo del presente recurso el día dieciocho de enero de 2002, en que la misma tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del demandante, se impugna en el presente recurso contencioso administrativo, la desestimación presunta por silencio administrativo, de la petición efectuada el día 30 de septiembre de 1996, ante la Consejería de Fomento del Principado de Asturias, sobre indemnización por responsabilidad patrimonial de la Administración Autonómica e...

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