SAP Santa Cruz de Tenerife 59/2007, 9 de Febrero de 2007
Ponente | MARIA DEL CARMEN PADILLA MARQUEZ |
ECLI | ES:APTF:2007:36 |
Número de Recurso | 780/2006 |
Número de Resolución | 59/2007 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª |
SENTENCIA NÚM. 59/2007
Iltmos. Sres.
Presidente:
Dª. María Del Pilar Muriel Fernández Pacheco
Magistrados:
Dª. Macarena González Delgado
Dª. Carmen Padilla Márquez (Ponente)
En Santa Cruz de Tenerife, a nueve de febrero de dos mil siete.
Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de La Laguna, en autos de Juicio Verbal nº 1441/2005, seguidos a instancias del Procurador D. José Ignacio Hernández Berrocal bajo la dirección del Letrado D. Mario Santana González en nombre y representación de D. Luis Angel, contra D. Jaime, asistido del Letrado D. Juan Tomás Parrilla Suárez; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Carmen Padilla Márquez Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,
En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha doce de julio de dos mil seis, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por don Luis Angel contra don Jaime absolviendo a éste de todos los pedimentos de contrario. Se condena en costas a la parte actora.".
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposición la parte contraria, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.
Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Carmen Padilla Márquez; personándose oportunamente la parte apelante por medio de la Procuradora Dª. Montserrat Padrón García, bajo la dirección del Letrado D. Mario Santana González, la parte apelada se personó por medio de la Procuradora Dª. Carmen Guadalupe García, bajo la dirección del Letrado D. Juan Tomás Parrilla Suárez; señalándose para votación y fallo el día cinco de febrero del corriente año, solicitándose previamente por la Sala al Juzgado de Instancia, al estimarlo necesario para resolver el recurso, la remisión de los autos de Juicio Verbal núm. 995/2005, remitiéndose testimonio de los mismos.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.
La sentencia desestima la demanda en ejercicio de la acción prevista en el artículo 1905 del Código Civil al no estimar acreditada que la causa de los daños reclamados derivara de un ataque al actor por los perros del demandado. Recurre el demandante quien alega la errónea valoración de la prueba y de la aplicación del derecho. El apelado insta la confirmación de la sentencia.
Procede la revocación de la resolución recurrida. Examinadas nuevamente las...
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