SAP Orense, 8 de Enero de 2007

PonenteFERNANDO ALAÑON OLMEDO
ECLIES:APOU:2007:254
Número de Recurso172/2006
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por los Señores, don Fernando Alañón Olmedo, Presidente, doña

Ángela Domínguez Viguera Fernández y doña Josefa Otero Seivane, Magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la

siguiente

S E N T E N C I A NÚM.

En la ciudad de Ourense a ocho de enero de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado Mixto de Bande, seguidos con el nº. 30/06, rollo de apelación núm. 172/06, entre partes, como apelante D. Miguel Ángel, representado por la Procuradora Dª. ANA CRESPO DAMOTA, bajo la dirección de la Letrada Dª. MARÍA SULAMITA NÓVOA CARDÍN y, como apelado, D. Cristobal, representado por el procurador D. JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ VERGARA, bajo la dirección del Abogado D. FRANCISCO VELOSO GONZÁLEZ. Es ponente el Ilmo. Sr. D. Fernando Alañón Olmedo.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado Mixto de Bande, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 27 de marzo de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Se desestima la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales doña Mónica Quintas Rodríguez, en nombre y representación de d. Miguel Ángel, contra D. Cristobal. Procede imponer las costas a la parte actora".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de D. Miguel Ángel recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Contra la sentencia de fecha 27 de marzo de 2006, dictada por la titular del Juzgado de 1ª Instancia de Bande, en el procedimiento del que dimana el presente rollo, se alza la representación procesal de la parte demandante interesando un pronunciamiento revocatorio de la anterior y el dictado de nueva resolución que acoja íntegramente la pretensión deducida. Sostiene la apelante que ha existido error en la apreciación de la prueba practicada y así sobre la base de la presencia de animales en la finca de la demandante, en la rotura del cierre de ésta y en el hecho de que hubiera hierba empacada y almacenada, se desprende necesariamente la realidad de los hechos en los que se basa la pretensión demandante.

Segundo

Ambas partes vienen a admitir la realidad de la existencia de las vacas en la finca del demandante lo que cuestiona la sentencia apelada es el enlace entre esa realidad y la consecuencia que de la misma se deriva que no es otra que reconocer que las vacas de la demandada fueron las causantes de los...

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