SAP Jaén 94/2007, 13 de Abril de 2007

PonenteMARIA ESPERANZA PEREZ ESPINO
ECLIES:APJ:2007:266
Número de Recurso112/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución94/2007
Fecha de Resolución13 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 94

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª Mª Esperanza Pérez Espino

Dª Mª Jesús Jurado Cabrera

En la Ciudad de Jaén a, trece de Abril de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario seguidos en primera instancia con el nº 447 del año 2.005, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Linares, rollo de apelación de esta Audiencia nº 112 del año 2.007, a instancia de Dª Gabriela, representado en la instancia por el Procurador Dª Gloria Sánchez Nájera, y defendido por el Letrado D. Jerónimo Olmedo Moreno, contra la Comunidad de Propietarios de la C/ DIRECCION000 Nº NUM000 de Linares, en situación procesal de rebeldía; y contra la Aseguradora Allianz, representada por la Procuradora Dª Julia Torres Hidalgo y en esta alzada por la Procuradora Dª Oliva Moral Carazo, y asistida del Letrado D. Manuel Caño Orero.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Linares, con fecha 29 de Diciembre de 2.006.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando totalmente la demanda interpuesta a instancia de Dª Gabriela, representada por la Procuradora Dª Gloria Sánchez Nájera, contra la Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 nº NUM000 de Linares y la Aseguradora Allianz, debo absolver y absuelvo a los citados codemandados de todos los pedimentos efectuados en su contra.- Todo ello con expresa condena en costas de la parte actora.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la parte actora, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Linares, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito de oposición por la parte codemandada, aseguradora Allianz, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª Esperanza Pérez Espino..

Aceptando los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda promovida por Dª Gabriela, contra la Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 nº NUM000 de Linares y la Aseguradora Allianz, se alza la referida demandante al no compartir los argumentos expuestos por la Juzgadora a quo y que le llevaron al dictado de dicha resolución desestimatoria.

Así, vuelve a poner de manifiesto la parte actora aquí apelante la cuestión relativa a si existía o no un charco de agua jabonosa en el portal del edificio donde ocurrió el accidente.

Pues bien, con carácter previo hemos de decir que según abundante doctrina jurisprudencial, sirviendo de ejemplo las Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de Enero de 1.995 y de 7 de Septiembre de 1.998, para que pueda prosperar la acción de reclamación de daños y perjuicios al amparo del artículo 1.902 del Código Civil, han de concurrir los siguientes requisitos:

  1. En primer lugar, una acción u omisión negligente o culposa...

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