STSJ Asturias 90260/2005, 30 de Diciembre de 2005

PonenteALFONSO PEREZ CONESA
ECLIES:TSJAS:2005:3450
Número de Recurso147/2005
Número de Resolución90260/2005
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

JULIO LUIS GALLEGO OTEROJOSE MANUEL GONZALEZ RODRIGUEZALFONSO PEREZ CONESA

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 90260/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO DE APELACIÓN núm. 147/2005

SENTENCIA DE APELACIÓN núm. 260

Iltmos. Sres.:

D. Julio Gallego Otero,

Presidente,

D. José Manuel González Rodríguez,

D. Alfonso Pérez Conesa,

Magistrados

Oviedo, treinta de diciembre de 2005.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de

Asturias (Sección segunda), integrada por los Iltmos. Sres. reseñados al margen, ha dictado, en

nombre de S.M. el Rey, la siguiente sentencia, en el recurso de apelación número 147/2005,

interpuesto por Gabriel, representado por la Procuradora Sra. MARQUEZ

CABAL y defendido por el Letrado Sr. Puente Ortiz, en el que es parte apelada el AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, representado por el Procurador Sr. DE MIGUEL BUERES FERNÁNDEZ y asistido por

la Letrada Sra. PECHARROMAN SÁNCHEZ.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Alfonso Pérez Conesa, quien expresa el parecer

de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - En el Procedimiento Ordinario seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. dos de los de Oviedo con el núm. 241/2004, sobre responsabilidad patrimonial, se dictó sentencia desestimatoria con fecha 03.05.2005 .

  2. - Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la actora, que fue admitido a trámite y se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos. Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones a esta Sala para su resolución.

  3. - Ninguna de las partes solicitó el recibimiento a prueba ni la celebración de vista o la formulación de conclusiones escritas y la Sala no lo estimó necesario, por lo que se declaró el pleito concluso para sentencia y se señaló para deliberación, votación y fallo de este recurso de apelación el día veintiocho de diciembre de 2005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Se interpone recurso de apelación contra sentencia de 03.05.2005, dictada por el Juzgado de lo Contencioso administrativo núm. dos de Oviedo , cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. DON Gabriel contra la desestimación presunta, por silencio administrativo negativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por el demandante ante el Ayuntamiento de Oviedo, declarando la conformidad a derecho de la misma; sin imposición de las costas procesales a ninguna de las partes".

  2. - En la demanda rectora del proceso, desestimada por el Juzgado en primera instancia, solicita el recurrente una indemnización total de 120.000 euros, por la responsabilidad patrimonial en la que -afirma el actor- ha incurrido el Ayuntamiento de Oviedo, por unos hechos que se pueden sintetizar, con palabras de la propia sentencia apelada, en "una suerte de acoso laboral al que, según el relato de hechos contenido en la demanda, se ha visto sometido el recurrente durante la última etapa de su vida profesional", como Arquitecto del Ayuntamiento de Oviedo, considerando como daño indemnizable la privación de su derecho a promocionar profesionalmente, así como los daños morales ocasionados por tal situación. Conviene señalar -y así lo hace la sentencia de instancia- que el marco normativo de este recurso no es otro que el de la responsabilidad patrimonial de la Administración por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos ( art. 106.2 CE , 139 y ss. LPAC...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Canarias 81/2007, 19 de Abril de 2007
    • España
    • 19 Abril 2007
    ...lado contrario examinar aquellas otras sentencias que rechazan la existencia del mobbing laboral: - La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 30 de diciembre de 2005 admitiendo la existencia de una relación funcionarial anormal la rechazó por no existir patologías en el ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR