Resolución de 8 de diciembre de 1998

AutorCol.legi de Notaris de Catalunya

COMENTARIO

Las cosas, en este aspecto concreto de las salidas a las entidades de crÈdito, est·n como est·n. Habr· que ver los pronunciamientos que en su dÌa formule el Tribunal Supremo en el recurso interpuesto contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de AndalucÌa, que...

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