Resolución de 25 de febrero de 2005 (B.O.E de 6 de abril de 2006)

AutorVíctor Alonso-Cueviüas Fortuny
CargoNotario de Manacor
Páginas251-253

COMENTARIO

Page 253

Se presenta en el Registro escritura de cese y nombramiento de administradores, de sociedad que tenía cerrado el Registro, por falta de depósito de cuentas. El Registrador, incomprensiblemente, deniega la inscripción tanto del cese como del nombramiento de los administradores. La DG, aplicando al literalidad del artículo 378 RRM, revoca la nota en cuanto a la no inscripción del cese.

Como ya se señaló en comentario anterior, considero que el sistema del artículo 378 RRM es criticable. En este sentido del artículo 378 RRM se deriva el cierre del Registro a las sociedades que incumplan la obligación de depósito de cuentas, salvo para determinados actos. Uno de estos actos es el cese de administrador. Considero, de legeferen-da, que no tiene sentido que se permita la inscripción del cese de administrador, pero no el nombramiento del nuevo. Todo ello sobre la base de que, si el nombramiento produce efectos desde la aceptación (como no puede ser de otra forma, y ha señalado la DG en reiteradas ocasiones), y de que la función publicitaria del Registro es dar seguridad y certeza...

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