Resolución de 24 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental, de delegación de competencias en materia de estimación de impacto ambiental

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas92-92
Recopilación mensual n. 121, Marzo 2022
92
Comunidad Valenciana
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 16 de marzo de 2022
Resolución de 24 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Educación
Ambiental, de delegación de competencias en materia de estimación de impacto
ambiental
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad Valenciana, número 9274, de fecha 9 de febrero
de 2022
Palabras Clave: Evaluación impacto ambiental. Delegación competencias. Tramitación
proyectos.
Resumen:
Debido al importante volumen y heterogeneidad de proyectos sujetos a declaración, informe
y estimación de impacto ambiental, se aconseja que la tramitación y resolución de algunos de
estos procedimientos sea delegado hacia las direcciones territoriales, todo ello con el fin de
conseguir una mayor eficacia, tanto para la Administración como para los ciudadanos. Por
otro lado, el aumento de disponibilidad de recursos de personal, posibilitan que esta
delegación se pueda acometer con los medios asignados a las direcciones territoriales.
Por lo cual, según lo previsto en el artículo 63 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del
Consell, y en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector
público, se delega en los titulares de las respectivas direcciones territoriales de Agricultura,
Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural el ejercicio de la competencia para la
resolución de los procedimientos de estimación de impacto ambiental.
Se prevé de la misma manera que esta delegación competencial pueda ser revocada en
cualquier momento, tal y como viene establecido en el artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como en el artículo 63.5 de la Ley del
Consell. Se establece que en los supuestos donde se haga uso de esta delegación, se haga
constar en la propia delegación, para clarificar posibles confusiones.
Entrada en vigor: El 10 de febrero de 2022
Enlace web: Resolución de 24 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y
Educación Ambiental, de delegación de competencias en materia de estimación de impacto
ambiental

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