Resolución de 11 de diciembre de 2003 (B.O.E. de 6 de febrero de 2004)

AutorFernando de Salas

COMENTARIO

La resolución, versa sobre la elevación a público en el 2003, de un contrato de compraventa que fue firmado hace veinte años, y que en dicho contrato privado no se hacía mención explícita, relativa a los gastos provinientes de la comunidad de propietarios, con la única mención genérica de la asunción de «todos los gastos» por parte del comprador.

La alegación por parte del Registrador a su inscripción, es que exige el certificado de gastos comunitarios sin diferenciar si es una elevación a público de documento privado, o una escritura de compra venta.

No se pone en duda la necesidad de declarar la situación de los gastos comunitarios mediante el preceptivo...

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