SAP León 174/2005, 7 de Julio de 2005
Ponente | LUIS ADOLFO MALLO MALLO |
ECLI | ES:APLE:2005:939 |
Número de Recurso | 41/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 174/2005 |
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 174/2005
Iltmos. Sres.
Dº. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.-Presidente.
Dº. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ.-Magistrado.
Dª. OLGA MARIA CABEZA SANCHEZ.- Magistrado Suplente.
En León, a siete de julio de dos mil cinco.
VISTO ante el Tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido apelante Dº. Pedro Antonio , representado por el procurador Dº. Javier Chamorro Rodríguez y dirigido por el letrado Dº. Elias Álvarez Frade, actuando como Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Dº. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.
La Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª. Instancia nº. 2 de LEON dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demandada presentada por el Procurador Sr. Chamorro Rodríguez en nombre y representación de Pedro Antonio contra Dª. Susana absolviendo a la demandada de las pretensiones contra ella deducidas.No debo hacer especial condena en materia de costas procesales".
Contra la relacionada sentencia, que lleva fecha 13 de octubre de 2004 , se interpuso recurso por la parte apelante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma, las partes litigantes y seguidos los demás trámites se señaló el día 13 de junio del año en curso para deliberación.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales excepto el plazo para dictar sentencia previsto en el art. 465-1 L.E.C. del 2.000 , de imposible cumplimiento debido a la acumulación de asuntos anteriores y preferentes pendientes en este tribunal.
Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada.
En el escrito rector del procedimiento se ejercita por Dº. Pedro Antonio una acción de resarcimiento contra su ex-esposa Dª. Susana , por los daños morales causados por la denuncia formulada por la demandada el día 16 de agosto de 2003, por no haber reintegrado a los dos hijos del matrimonio al domicilio de la madre el 15 de Agosto, y las actuaciones judiciales y policiales que siguieron a dicha denuncia.
La sentencia recaída en la instancia desestima la demanda, pronunciamiento contra el que el demandante interpone recurso de apelación interesando el acogimiento de su pretensión.
Constituye el eje argumental de la demanda y del presente recurso el que la denuncia formulada por la demandada contra el actor, por el no reintegro de los hijos comunes al domicilio materno, constituye un ejercicio abusivo y antisocial del derecho proscrito por el art. 7-2 C.C .
La doctrina del abuso del derecho que inicia su evolución a partir de la conocida sentencia de 14-2-44 se puede concretar afirmando que...
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