La reparación del daño causado por el delito y sus efectos sobre la pena. Especial referencia a los delitos de terrorismo

AutorMaría Gutiérrez Rodríguez
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho penal, UCM
Páginas153-174
LA REPARACIÓN DEL DAÑO CAUSADO POR EL DELITO Y
SUS EFECTOS SOBRE LA PENA. ESPECIAL REFERENCIA A
LOS DELITOS DE TERRORISMO
THE REPARATION OF THE HARM CAUSED BY THE OFFENCE AND ITS
EFFECTS ON SANCTIONS. A SPECIAL FOCUS ON TERRORIST OFFENCES
M G R*
Profesora Titular de Derecho penal, UCM
DOI: 10.14679/1873
R
La reparación del daño causado a la víctima del delito es una de las  nalidades del
moderno sistema de justicia penal. El presente trabajo aborda el estudio de los efectos
que la reparación del daño causado, en sentido amplio, puede llegar a tener tanto en el
momento de imponer la pena como en el de su ejecución. En la determinación de la
pena la reparación puede tener efectos atenuantes o incluso conducir a una renuncia a la
pena. En materia de ejecución puede llegar a condicionar la suspensión de la ejecución
de la pena privativa de libertad, el acceso al tercer grado o la obtención de la libertad
condicional. Se dedica especial atención al régimen más severo previsto para los casos
de condena por delitos de terrorismo.
P 
Víctima; Justicia restaurativa; Reparación del daño; Responsabilidad civil ex delicto;
Suspensión de la pena; Tercer grado penitenciario; Libertad condicional; Terrorismo.
A
Reparation of the harm caused to the victim of the criminal o ence is one of the aims of
the modern criminal justice system.  is paper deals with the study of the e ects that
reparation for the harm caused, in a broad sense, can have both at the time of sentencing
and at the time of execution. In sentencing, reparation can have mitigating e ects or even
lead to a waiver of the penalty. At the stage of execution, it can condition the suspension
of the execution of the custodial sentence, access to the third degree or the obtention
of conditional release. Special attention is devoted to the more severe regime envisaged
for cases of conviction for terrorist o ences.
K
Victim; Restorative Justice; Reparation of Harm; Civil Liability ex delicto; Suspended
Sentences;  ird Degree of Imprisonment; Parole; Terrorism.
Este artículo se ha realizado en el marco del Proyecto de I+D+i «La ejecución de las penas por
delitos de terrorismo» (RTI2018-095375-B-100) financiado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades de España.
María Gutiérrez Rodríguez
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S: 1. Introducción: la consideración de los derechos de las víctimas en el
moderno sistema de justicia penal.– 2. La reparación del daño y la renuncia a la pena.
Especial referencia al texto del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal de
2020.– 3. La reparación del daño y la atenuación de la pena.– 4. La reparación del daño y
la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad.– 5. La reparación del daño
y la ejecución penitenciaria: el tercer grado y la libertad condicional.– 5.1. El tercer grado
penitenciario.– 5.2. La libertad condicional.– 6. Re exiones  nales.– 7. Bibliografía.
1. INTRODUCCIÓN: LA CONSIDERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS
VÍCTIMAS EN EL MODERNO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL
En las últimas décadas hemos asistido a un cambio en el enfoque del sistema de justicia
penal. Desde un modelo centrado especialmente en el autor del delito, con un corte más
retribucionista, hemos transitado hacia un Derecho penal de la víctima, más propio de un
modelo de justicia restaurativa. Mientras que el primer modelo trata de evitar el delito a
través de la amenaza de pena y la intimidación, el modelo restaurativo trata de promover
valores contrarios a la violencia, que favorezcan el encuentro entre víctimas y victimarios
y restauren la paz social que ha sido perturbada por la comisión del delito1. Como conse-
cuencia de este cambio de paradigma, la reparación del mal causado ha adquirido un mayor
protagonismo dentro del sistema de consecuencias del hecho punible.
Se parte de la base de que el daño causado a la víctima no se repara con la imposición
de un mal al delincuente, es decir, por medio de su castigo o, al menos, no solo con el
castigo. A través de los mecanismos de justicia restauradora o restaurativa, basados en un
encuentro de diálogo, se consigue una mayor participación de las partes afectadas y una
orientación hacia la reparación, que busca aumentar la satisfacción de las víctimas en el
proceso2. La reparación es una de las premisas básicas de este nuevo modelo de justicia.
Esta reparación del daño trasciende de lo material. Los sistemas de justicia restaurativa se
basan en las 3 R: restauración, responsabilidad y reintegración. La reparación material y
moral de la víctima por el autor hace que este se responsabilice por su actuación y se integre
de nuevo en la comunidad3. Con ello, a través de la autorresponsabilidad, puede darse a
las víctimas las garantías de no repetición, que aparecen en los textos internacionales como
parte del derecho de las víctimas a una reparación integral.
Las normas internacionales han reconocido la exigencia de atender a las necesidades de
las víctimas. La primera norma internacional de ámbito general que tuvo por objeto a las
1 L. B P  J. V P, “La reparación del daño en la justicia penal”, Ciencias
Psicológicas, año 8, n. 2, 2014, pp.199-207.
2 E. L P, “Tendencias actuales de la justicia restauradora, Estudios De Derecho,vol.
61, n. 138, 2004, pp. 55-85, disponible en https://revistas.udea.edu.co/index.php/red/article/view/332219.
Eso sí, se debe huir de concepciones que utilicen a la víctima de forma mediática para propiciar la
institucionalización de una auténtica justicia represiva y autoritaria, que es uno de los temores que puede
plantear este resurgimiento de los derechos de las víctimas, como apunta B. B C,
“Victima, reparación y proceso penal: una proyección desde las teorías expresivas de la pena”, Rev. Bras.
de Direito Processual Penal, Porto Alegre, vol. 5, n. 1, 2019, pp. 145-190.
3 B P  V P, “La reparación del daño…”, cit., p. 203.

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