STSJ Canarias , 1 de Abril de 2004

PonentePILAR DIAZ DE LOSADA HAMILTON
ECLIES:TSJICAN:2004:1446
Número de Recurso851/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife , a 1 de abril de 2004. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos.

Sres. Magistrados D./Dña. Jose Manuel Celada Alonso (Presidente), D./Dña. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua y D./Dña. Pilar Diaz De Losada Y Hamilton (Ponente) , ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000851/2003 , interpuesto por SERVICIO CANARIO DE SALUD , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000274/2002 en reclamación de DERECHOS-CANTIDAD , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA.

Pilar Diaz De Losada Y Hamilton . Por sustitución el Iltmo.Sr. Don Jose María del Campo y Cullen que se encuentra de permiso.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Don Armando , en reclamación de DERECHOS-CANTIDAD siendo demandado SERVICIO CANARIO DE SALUD y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 8/4/2003 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El demandante D. Armando , residente en Santa Cruz de Tenerife y titular de prestación de asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud, pagó los gastos ocasionados por la prestación sanitaria prestada a su cónyuge, la beneficiaria D.ª Mariana (nacida el 15-07-1936), y que ascienden a 3.124.550 pesetas.

SEGUNDO

Los gastos que se reclaman corresponden a la intervención quirúrgica de una estenosis severa de la arteria carótida interna derecha con obstrucción del 80 %, realizada el día 13-07-2001 en el Instituto Dexeus de Barcelona. La operación consistió en una arterectomía de la carótida interna derecha. Fue dada de alta hospitalaria el 21-07-2001.TERCERO.- Antecedentes: 1. A D.ª Mariana le fue practicada el día 10-05-2001 una prueba de Doppler color carotídeo bilateral el 10-05- 2001 por el facultativo D. Braulio , como especialista del Servicio de Cirugía Vascular y Torácica del Hospital Universitario de Canarias (HUC). Como resultado le fue detectada la estenosis de arteria carótida de 80 %.2. D.ª Mariana fue sometida a una prueba de contraste (arteriografía), que precisa ingreso de la paciente.

Ello se realizó mediante un ingreso privado en la Clínica Parque de Santa Cruz de Tenerife. Desde allí fue trasladada en ambulancia al HUC, donde se le practicó la prueba el 28-06-2001, con regreso el mismo día a la referida clínica. Esta prueba confirmó el resultado de la anterior, concretando que el grado de obstrucción es del 90%.3. El día 06-07-2001 se presentó solicitud de internamiento en el HUC para ser incluida D.ª

Mariana en lista de espera. 4. La paciente D.ª Mariana fue incluida en lista de espera del Servicio de Angiología y Cirugía Vascular, a cargo del Dr. Braulio , con diagnóstico de estenosis de carótida derecha con prioridad urgente. Fue dada de baja de la lista el 29-10-2002, en un proceso de depuración de lista de espera, al confirmar telefónicamente la paciente que había sido intervenida por cirujano privado. Hasta la fecha de la baja en la lista de espera había 49 pacientes con la misma prioridad urgente y con fecha de inclusión en lista de espera más antigua, motivo por el cual aún no había sido seleccionada para preparación quirúrgica (informe de la Jefe de Servicio de Admisión y Documentación Clínica del HUC, recabado como diligencia para mejor proveer).5. La paciente tiene antecedentes personales relevantes de HTA (hipertensión arterial), diabetes mellitus, nefropatía diabética, retinopatía diabética grado IV, vasculopatía periférica consistente en varicectomía previa y claudicación intermitente a 20 m. (informe de la Sección de Medicina Interna del Servicio Canario de Salud de 11-04-2001, que consta en folio 33).CUARTO.- El día 14-08-2001 fue presentada solicitud de reintegro de cantidades, reclamando gastos por importe de 3.124.550 pesetas, con aportación de facturas, que se desglosan por conceptos:- Gastos de ingreso en Clínica Parque y estancia, ambulancias correspondientes a la 2ª prueba de confirmación de la estenosis (arteriografía): 148.375 pesetas.-Gastos de traslado ida y vuelta a Barcelona:208.590 pesetas.-Cirugía vascular y angiología y gastos de asistencia en Instituto Dexeus:

2.767.585 pesetas.TOTAL: 3.124.550 pesetas. QUINTO.- La Secretaría General del Servicio Canario de Salud denegó la solicitud de reintegro de gastos médicos originados por la asistencia sanitaria prestada fuera del Sistema Nacional de Salud en resolución de 02-11-2001.SEXTO.- El día 19-12-2001 el actor presentó reclamación previa, que fue desestimada en resolución de 10-01-2002 .

TERCERO

Que por el JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTA CRUZ DE TENERIFE , se dictó

Sentencia, cuyo Fallo literal dice: "Que estimando la demanda de reintegro de gastos sanitarios interpuesta D. Armando contra el SERVICIO CANARIO DE SALUD, debo declarar el derecho del actor al reintegro de los gastos de asistencia sanitaria reclamados, condenando a la parte demandada al pago de la cantidad de 3.124.550 pesetas, importe equivalente a 18.778'92 euros" CUARTO.- Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte SERVICIO CANARIO DE SALUD , siendo impugnado de contrario. Recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Señalándose para votación y fallo el día 25 de Marzo de 2004 .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que estimó la demanda presentada por la D. Armando contra el Servicio Canario de Salud, sobre Reclamación de Reintegro de Gastos Sanitarios, interpone el organismo demandado Recurso de Suplicación y, al amparo del artículo 191 apartados b y c) pretende...

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