ORDEN FOM/114/2006, de 24 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en el ámbito de la Dirección General de Telecomunicaciones.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/114/2006, de 24 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en el ámbito de la Dirección General de Telecomunicaciones.

Con la nueva distribución competencial que el Decreto 2/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, ha efectuado en laAdministración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y a partir de la entrada en vigor del Decreto 74/2003, de 17 de julio, le compete a la Dirección General de Telecomunicaciones fomentar y coordinar las actuaciones orientadas al desarrollo de la Sociedad de la Información en Castilla y León así como el ejercicio, la dirección y ejecución de las facultades en materia de telecomunicaciones e informática.

En este contexto, las subvenciones son un importante instrumento de fomento y promoción de actividades de interés público para la Comunidad de Castilla y León. La entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha modificado el régimen jurídico vigente en materia de subvenciones, estableciendo una serie de normas básicas aplicables a todas las administraciones públicas.

Como consecuencia de lo establecido en dicha Ley, es necesario aprobar unas bases reguladoras adaptadas a la citada norma, que serán aplicables a las subvenciones convocadas por esta Consejería.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de laAdministración de la Comunidad de Castilla y León, se aprueban las siguientes:

BASES:

CAPÍTULO I Disposiciones generales Primera. Objeto y ámbito de aplicación.

Las presentes bases reguladoras serán de aplicación a las subvenciones que convoque, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería de Fomento, con cargo a los criterios de sus Presupuestos, que tengan por objeto alguna de las actividades, proyectos o actuaciones siguientes:

La contratación de accesos a Internet con banda ancha en la vivienda, en aquellos municipios que cuenten con servicio de Banda Ancha disponible.

La creación, actualización y mantenimiento de páginas web de Academias de Español cuya sede y actividad se encuentre radicada en la Comunidad de Castilla y León.

La promoción de la Sociedad Digital del Conocimiento.

Segunda. Beneficiarios.

  1. Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en las que concurran las circunstancias que fundamenten la concesión de la subvención según prevean estas bases reguladoras y la respectiva convocatoria, en los términos previstos en la Ley General de Subvenciones.

  2. No podrán ostentar la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

  3. Las convocatorias de subvenciones, en atención al objeto, condiciones y finalidad de la subvención, establecerán que las obligaciones del beneficiario son aquellas a las que se refiere el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones...

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