ORDEN FORAL 13/2011, de 7 de febrero, de la Consejera de Salud por la que se modifica la Orden Foral 129/2008, de 28 de octubre, de la Consejera de Salud, por la se establece el procedimiento especial regulador del sistema de acoplamiento interno previo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
Por Decreto Foral 19/2010, de 12 de abril, se crea el Complejo Hospitalario de Navarra del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y se establece su estructura directiva.
En su artículo segundo, el citado Decreto Foral establece que bajo la denominación de "Complejo Hospitalario de Navarra", se integran los recursos humanos y materiales correspondientes a los siguientes centros asistenciales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:
-Hospital de Navarra.
-Hospital Virgen del Camino.
-Clínica Ubarmin.
-Centro de Especialidades Príncipe de Viana.
-Centro Sanitario Doctor San Martín.
-Ambulatorio de Tafalla.
-Actividad asistencial de especializada del Centro Sanitario Conde Oliveto.
-Otras consultas de asistencia especializada.
Por otra parte, la Ley Foral 20/2010, de 13 de diciembre, crea la entidad pública denominada Banco de Sangre y Tejidos de la Comunidad Foral de Navarra (BSTN) y establece la organización de la Red Transfusional y de Células y Tejidos Humanos en Navarra (RTCTHN).
Por Decreto Foral 120/2008, de 1 de diciembre, se modifica el Decreto Foral 45/2006, de 3 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, amortizando el Servicio de Evaluación y Control de Atenciones no Sanitarias.
La Orden Foral 129/2008, de 28 de octubre, de la Consejera de Salud, establece el procedimiento especial regulador del sistema de acoplamiento interno previo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el cual determina en su apartado primero los ámbitos de trabajo a los efectos de llevar a cabo los procesos de acoplamientos internos previos.
En consecuencia, habida cuenta de las modificaciones operadas con motivo de la creación del Complejo Hospitalario de Navarra y de la aprobación de las normas anteriormente mencionadas, procede adaptar los ámbitos de trabajo de los acoplamientos internos previos a la nueva estructura organizativa.
La modificación que se aprueba ha sido objeto de preceptiva negociación en la Mesa Sectorial de Salud del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Por todo ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente,
ORDENO:
-
Se modifica el apartado primero "Ámbito de trabajo" de la Orden Foral 129/2008, de 28 de octubre, de la Consejera de Salud, que queda redactado del siguiente modo:
Los ámbitos de trabajo, a los efectos de llevar a cabo los procesos de acoplamientos internos previos...
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