ORDEN 1121/2005, de 6 de abril, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la actividad editorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y se crea el Consejo Editorial.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyOrden

ORDEN 1121/2005, de 6 de abril, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la actividad editorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y se crea el Consejo Editorial.

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se configura en el Decreto 119/2004, de 29 de julio, por el que se establece su estructura orgánica, como una organización administrativa que pretende conjugar la demanda colectiva de protección del medio ambiente con la necesidad de dar respuesta a aquellos asuntos que más preocupan a los ciudadanos de Madrid, y en concreto los relativos a urbanismo y vivienda.

Información, formación y servicio al ciudadano son actividades que se llevan a cabo desde diversos ámbitos en esta Consejería, uno de los cuales es la edición o coedición de publicaciones.

Es ésta una actividad que tiene gran importancia, dada la demanda cada vez mayor de publicaciones sobre las materias atribuidas a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por lo que se estima oportuno establecer una ordenación de las mismas que permita elegir los títulos que sean de más utilidad

para los ciudadanos madrileños, teniendo en cuenta que los recursos disponibles son limitados, y contribuir al funcionamiento de forma integrada y unitaria de todas las unidades responsables de esta materia, incorporando, como no puede ser de otra forma, criterios de respeto al medio ambiente, creando al efecto el Consejo Editorial, órgano colegiado de carácter consultivo, integrado por representantes de las Direcciones Generales y Organismos dependientes de la Consejería más relacionados con la materia.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y 11 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Artículo 1

Programa Anual de Publicaciones

  1. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio aprobará un Programa Anual de Publicaciones, que recogerá de forma ordenada y sistemática las publicaciones que se prevea llevar a cabo durante el ejercicio presupuestario siguiente, con la finalidad de difundir sus planes, proyectos y actividades, sensibilizando a la opinión pública sobre los objetivos que...

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