DECRET 34/2000, de 26 de gener, de modificació del Reglament de màquines recreatives i d'atzar aprovat pel Decret 28/1997, de 21 de gener.
Sección | Disposicions Generals |
Rango de Ley | Decret |
34/2000, de 26 de gener, de modificació del Reglament de màquines recreatives i d’atzar aprovat pel Decret 28/1997, de 21 de gener.
En virtut de la competència exclusiva atribuïda a la Generalitat de Catalunya en matèria de casinos, jocs i apostes per l’article 9.32 de l’Estatut d’Autonomia, dins el marc conformat per les Lleis 15/1984, de 20 de març, del joc i 1/1991, de 27 de febrer, reguladora del règim sancionador en matèria de joc, i els Decrets 324/1985, de 28 de novembre, de planificació del joc i 325/1985, de la mateixa data, pel qual s’aprova el primer catàleg de jocs, el Govern va aprovar el Reglament de màquines recreatives i d’atzar mitjançant el Decret 28/1997, de 21 de gener.
En aquesta nova norma es recullen modificacions respecte al Reglament aprovat pel Decret 28/1997, de 21 de gener.
Algunes d’aquestes responen a la necessària previsió de la utilització de l’euro en les màquines recreatives i d’atzar, el que implica la introducció de variacions en la determinació dels preus de les partides i la utilització de la referència a múltiples del valor de la partida en la determinació dels premis que les màquines poden concedir.
D’altres responen a la conveniència de variar determinats aspectes dels requisits d’homologació de les màquines recreatives i d’atzar, revisant el nombre de partides en què han de complir-se els percentatges de devolució que el Reglament estableix, suprimint determinades limitacions en els dispositius que les màquines poden incorporar i admetent-ne altres nous.
I, finalment, es completa la regulació de les màquines especials per a sales de joc, preveient la possibilitat d’incorporar el dispositiu que permeti la realització de partides simultànies i fixant el límit màxim de premi que aquestes màquines podran concedir.
En conseqüència, d’acord amb el dictamen de la Comissió Jurídica Assessora, a proposta del Conseller d’Interior i d’acord amb el Govern,
Decreto:
Es modifiquen els apartats a), b), f), i h) de l’article 6 del Reglament de màquines recreatives i d’atzar, aprovat pel Decret 28/1997, de 21 de gener, que queden redactats de la manera següent:
"a) El preu màxim de cada partida serà de 25 pessetes o de 20 cèntims d’euro, sense perjudici del que estableix l’apartat 1.c) de l’article 7.
"b) Els mecanismes d’entrada de les màquines de tipus B no admetran una acumulació superior a...
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