Reforma de la función pública introducidas por el RDL 6/2023 de 19 de diciembre

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En el Libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo publicado en el BOE del 20 de diciembre de 2023 se recogen las medidas legislativas urgentes en materia de función pública.

Objeto, ámbito y principios de actuación de la Administración

El artículo 105 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo se refiere al objeto, ámbito y principios de actuación.

Este título tiene por objeto ordenar y definir un modelo que siente la base de una reforma de la función pública para la Administración del siglo XXI, que debe pivotar sobre cuatro elementos fundamentales, que son la planificación estratégica, el acceso al empleo público y selección del personal, la evaluación del desempeño y carrera profesional, así como la figura del directivo público profesional.

Planificación estratégica de los recursos humanos

Los artículos 106 a 110 del Real Decreto-ley 6/2023 conforman el título I referente a la planificación estratégica de los recursos humanos.

- La planificación estratégica periódicamente revisable es el fundamento de actuación en materia de función pública a través de la cual la Administración del Estado establece el escenario plurianual de empleo público, que proporciona conocimiento sobre los recursos humanos necesarios dentro del marco de las previsiones presupuestarias.

- Ésta, permite asegurar que las empleadas y empleados públicos son los más adecuados en sus perfiles técnicos y competencias profesionales para el desempeño de sus funciones, gestiona y retiene el talento, fomenta el aprendizaje, la formación contínua, y busca el buen clima laboral.

- La planificación estratégica contendrá los criterios y las medidas necesarias fomentar, en todo momento, el talento interno.

- Todos estos instrumentos de planificación deberán ser objeto de negociación colectiva previa en los ámbitos correspondientes y de evaluación posterior.

Oferta de empleo público

La oferta de empleo público deberá incluir las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso.

Las convocatorias deberán publicarse en el mismo año natural de la publicación en el BOE de la oferta de empleo público, en la que se incluyan las citadas plazas.

Las convocatorias deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y las respectivas fases de oposición en un año, salvo causa justificada.

Las plazas no cubiertas en la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta o la posibilidad de que se convoquen por un departamento recursos unitarios permanentes.

La oferta de empleo público incluirá un porcentaje no inferior al treinta por ciento de las plazas de acceso libre para promoción interna.

Se reservará un porcentaje no inferior al diez por ciento de las plazas convocadas para ser cubiertas entre personas con discapacidad siempre que superen las pruebas selectivas, y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de forma que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales de la Administración del Estado.

Relaciones de puestos de trabajo

Las relaciones de puestos de trabajo son instrumentos técnicos de planificación a través de los cuales la Administración del Estado organiza, racionaliza y ordena su personal para una eficaz prestación del servicio público.

Las relaciones de puestos...

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