Refinanciación de empresas en crisis

AutorSebastián Sáenz de Santa María/Bárbara Sotomayor
CargoAbogados
Páginas13-19

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1 - Introducción

En el contexto actual de restricción del acceso al crédito, muchas compañías con niveles altos de endeudamiento se enfrentan a situaciones de falta de liquidez a corto o medio plazo que dificultan sobremanera su capacidad de poder atender el servicio de la deuda con normalidad. Esta circunstancia hace que se vean abocadas a reestructurar su deuda y acordar nuevos calendarios de amortización y condiciones financieras más acordes con la situación del mercado para evitar situación e insolvencia.

Las entidades financieras, por su parte, se ven en ocasiones inclinadas a aceptar estas condiciones como única salida para evitar el concurso de la compañía, que a día de hoy no permitiría en principio la maximización del valor de sus activos.

En el marco de este tipo de procesos de reestructuración de deuda corporativa, también denominados de «refinanciación», se modificarán, por lo general, no sólo las condiciones financieras del endeudamiento corporativo de la compañía y su grupo, sino que también las entidades financiadoras exigirán el otorgamiento de nuevas garantías, el refuerzo de las garantías existentes y su extensión a otros instrumentos de deuda antes no garantizados.

Los desafíos y complejidades que presenta un proceso de este tipo son muchos y variados, por el gran número de acreedores afectados y sus distintos intereses, y el elenco de instrumentos de endeudamiento a refinanciar y conciliar.

El objeto de este artículo es explicar la mecánica y fases que atraviesa un proceso de reestructuración de deuda corporativa de una empresa en crisis, las particulares implicaciones de las distintas alternativas a seguir y las cuestiones que pueden surgir en el proceso, así como una explicación de los principales riesgos que suscita la normativa concursal española en relación con las operaciones de reestructuración.

2 - El plan de negocio

El punto de partida que es importante señalar como base de un proceso de reestructuración de deuda es la necesidad de partir de un plan de negocio que garantice en cierta medida la viabilidad a corto-medio plazo de la compañía.

La presentación por la compañía de un plan de negocio viable y defendible, la manifestación expresa del deudor en favor de los acreedores en el sentido de que el plan de negocio planteado a las entidades financieras como parte del proceso de refinanciación permitirá alcanzar este objetivo de viabilidad a medio plazo, y la validación de las hipótesis en él contenidas por un asesor financiero independiente, son elementos que refuerzan la presunción de una actuación de buena fe de los acreedores en el proceso, en el sentido de que el establecimiento determinados mecanismos asociados a la refinanciación (típicamente, la constitución por el deudor de nue-Page 14vas garantías), no responde a que los acreedores son conocedores de una hipotética situación de insolvencia. Lo anterior puede resultar relevante en el contexto de un eventual procedimiento concursal posterior debido al juego de presunciones de perjuicio y prueba en contrario que la ley concursal («LC») establece con respecto a determinadas actuaciones de los acreedores realizadas con anterioridad a la declaración de concurso (por ejemplo, el artículo 71.3.2° LC) y los efectos de una eventual rescisión (artículo 73.3 LC).

3 - Proceso de negociación de una refinanciación

La iniciativa del proceso de revisión de los términos de su endeudamiento financiero normalmente parte de la compañía, en el momento en que constata la previsible falta de liquidez en un escenario cercano, anticipándose a esta necesidad.

3. 1 - Destinatarios de la propuesta de refinanciación

En cuanto a los destinatarios de la propuesta de refinanciación, en principio todos los acreedores financieros de la compañía serán potenciales afectados por la misma.

No obstante, conviene hacer ciertas precisiones. Es probable que determinados grupos de acreedores queden al margen del proceso, como, por ejemplo, financiadores de proyectos o desarrollos inmobiliarios con recurso limitado a los activos objeto de dichos proyectos o con garantías exclusivas sobre ellos que no tengan ningún aliciente para someterse a las consecuencias de la restructuración. Igualmente, viene siendo habitual que una vez surgidas las dificultades de liquidez, e incluso durante el mismo proceso de refinanciación, el deudor convenga bilateralmente daciones en pago de deuda o transmisiones de activos a favor de determinados acreedores mediante la subrogación de la deuda asociada a esos activos en orden a reducir su carga financiera y facilitar un escenario más adecuado para la restructuración de su restante deuda.

El resto de acreedores, que engrosen financiaciones con finalidades genéricas o «corporativas», que normalmente concentrarán los mayores volúmenes de deuda y tendrán probablemente un menor nivel de garantías constituidas a su favor, serán típicamente destinatarios de la propuesta de restructuración.

Especialmente significativo será el caso de aquellas financiaciones sindicadas, en las que, por su carácter mancomunado, se requerirá necesariamente del consentimiento de todas las entidades partícipes para poder modificar los términos contractuales de la financiación. Esta necesidad de obtener el consentimiento unánime puede ser un foco de dificultades para poder sacar la refinanciación adelante, ya que entidades minoritarias pueden tener en sus manos la capacidad de condicionar la viabilidad de la refinanciación exigiendo una contraprestación por ello.

3. 2 - Primeros contactos bilaterales

La compañía contactará entonces normalmente de forma bilateral con aquellos de sus acreedores con los que tenga especial trato o vinculación o que concentren niveles de deuda más relevantes, con el objeto de comenzar a analizar conjuntamente la viabilidad de distintas estructuras para enfrentarse a la falta de tesorería y los próximos vencimientos de la deuda, revisar el plan de negocio de la compañía y detectar las necesidades reales a corto y medio plazo, e identificar los activos libres susceptibles de ser ofrecidos en garantía.

La intervención de los distintos acreedores a lo largo del proceso y su acceso a información de negocio y sobre el proceso en curso deberá evidentemente sujetarse a compromiso previo de confidencialidad por parte de todos ellos. Este hecho es de especial relevancia en el caso de compañías cotizadas, que están ya legalmente sujetas a especiales obligaciones de confidencialidad.

En ocasiones, la compañía puede estar asesorada por un banco de inversión, que canalizará las relaciones con las entidades acreedoras, desempeñará la función de asesor financiero en relación con el plan de negocio y asistirá a la compañía en las negociaciones precisas para cerrar los términos de la refinanciación, impulsando y coordinando en general la buena marcha del proceso de refinanciación. Dada la complejidad de...

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