STSJ Extremadura 664, 24 de Marzo de 2006
Ponente | ELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO |
ECLI | ES:TSJEXT:2006:664 |
Número de Recurso | 40/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 664 |
Fecha de Resolución | 24 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
JUSTICIA DE EXTREMADURA, INTEGRADA POR LOS ILTMOS T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00263/2006 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº 263 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS /
En Cáceres a veinticuatro de marzo de dos mil seis.
Visto el recurso contencioso-administrativo número 40 de 2004, interpuesto por la entidad mercantil CHUMACERO, S.A. representada por la Procuradora Dª. Begoña Tapia Jiménez, siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA representada por el Sr. Letrado de la Junta de Extremadura; recurso que versa sobre Resolución de la Consejería de Trabajo de fecha 28 de octubre de 2003, que declaraba la procedencia de la revocación parcial de la Resolución de concesión de fecha 8 de julio de 1998; y ordenar el reintegro de la cantidad de 6.086'30 euros por la contratación de Emilia , y declararla decaída en su derecho al cobro de la cantidad de 1.779 euros que conforman la tercera anualidad correspondiente a la subvención concedida por la contratación de Antonio , por el incumplimiento de las condiciones a que estaba sujeta la subvención concedida al actor.
Cuantía: Indeterminada.
Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso-administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO.- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Junta de Extremadura, para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Dª. ELENA MENDEZ CANSECO que expresa el parecer de la Sala.
El demandante CHUMACERO S.A. formula recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Consejería de Trabajo, de fecha 28 de octubre de 2003, que declaraba la procedencia de la revocación parcial de la Resolución de concesión de fecha 8 de julio de 1998, y ordenar el reintegro de la cantidad de 6.086,30 euros por la contratación de Emilia , y declararla decaída en su derecho al cobro de la cantidad de 1779 euros que conforman la tercera anualidad correspondiente a la subvención concedida por la contratación de Antonio , por el incumplimiento de las condiciones a que estaba sujeta la subvención concedida al actor. La parte actora expone en su escrito de demanda que la Administración ha dejado transcurrir un plazo superior a...
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STSJ Cantabria 110/2009, 18 de Febrero de 2009
..., a tenor de lo dispuesto en sus Disposiciones Final Tercera, apartado 2 y Transitoria segunda , tal y como se evidencia de la S del TSJ de Extremadura de 24/3/06, y las STS de 7/4/03, 11/6/03 y La Sala estima, tras examinar las alegaciones de la recurente y el expediente administrativo a t......