Reducción y aumento de capital simultáneos. Publicidad y derecho de oposición de acreedores.

Resumen: En una reducción de capital, por la causa que sea, con aumento simultáneo hasta una cifra igual o superior, no existe derecho de oposición de acreedores y por tanto tampoco existe necesidad de publicidad.

Hechos: Se trata de una escritura de reducción de capital por condonación de dividendos pasivos y de ampliación de capital por conversión de reservas, ambos por el mismo importe, adoptados en la sesión de junta general celebrada con carácter universal en una sociedad anónima.

El registrador suspende la inscripción por el siguiente motivo:

Falta de publicación del acuerdo de reducción en el BORME y en la web de la sociedad o si no existe en un diario y consiguiente manifestación de que ningún acreedor se ha opuesto. Art. 319, 324, 334 y 336 de la LSC y resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 7 de mayo de 2.015.

La sociedad recurre y alega las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 28 de abril de 1994 y de 16 de enero de 1995, que en supuestos análogos entendieron que no era necesaria la publicación del acuerdo de reducción. También, la Sentencia del Tribunal Supremo de 12 noviembre de 2003.

Resolución: Se revoca la nota de calificación.

Doctrina: La DG reitera su doctrina de que, en operaciones de aumento y reducción de capital simultáneas, "las medidas protectoras de socios y acreedores sólo tienen sentido en cuanto los intereses de unos u otros, o de ambos, se encuentren en situación de sufrir un perjuicio", pero si ese riesgo no existe "debe decaer la exigencia del requisito dirigido a su tutela (vid., entre otras, las R. 2 de marzo de 2011, R. 18 de Diciembre de 2012 y 27 de febrero de 2019)". En el caso contemplado "tras la ejecución de la operación compleja, la cifra de capital se mantiene inalterada y el desembolso efectivo de la ampliación se halla acreditado con el informe de auditoría, de manera que las funciones informadora y tuitiva que están llamadas a cumplir la publicación de la reducción y el derecho de oposición de los acreedores...

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