STSJ Andalucía 309/2006, 31 de Enero de 2006

PonenteJULIO ENRIQUEZ BRONCANO
ECLIES:TSJAND:2006:9155
Número de Recurso2268/2005/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución309/2006
Fecha de Resolución31 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Social

309/2006

1

M.N.

SENT. NÚM. 309/06

ILMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ

ILMO. SR. D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO

ILMO. SR. Dª RAFAELA HORCAS BALLESTEROS

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a Treinta y uno de Enero de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 2268/05, interpuesto por Eugenia contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de los de Granada en fecha Treinta de Mayo de dos mil cinco. en Autos núm. 102/05, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Eugenia en reclamación sobre CONTRATO DE TRABAJO contra SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA S.A. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha Treinta de Mayo de dos mil cinco., por la que desestimando la demanda interpuesta por Dª Eugenia, contra SERVICIOS SECURITAS S.A., se absuelve a la demandada de las pretensiones formuladas en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La trabajadora Eugenia con bNI no NUM000 comenzó a prestar servicios en la empresa Servicios Securitas S.A. el día 04-11-03 en virtud de un contrato de trabajo de duración determinada con una duración de seis meses. La categoría profesional de la trabajadora es de Auxiliar de Servicios. En el Citado contrato consta como causa de la contratación atender las exigencias circunstanciales del mercado1 acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes en la cobertura de Prestación de Servicios como Auxiliar de Servicios".

  2. - Con fecha 04-05-04 suscribe un nuevo contrato de trabajo para obra o servicio determinado para prestar servicios como Auxiliar de

    Servicios en la instalaciones de la empresa Emucesa de granada (Cementerio y

    Tanatorio)

  3. - La empresa viene aplicando el Convenio Colectivo de la empresa.

  4. - La empresa Servicios Securitas, S.A. suscribe con fecha 20-03-03 con la Empresa Municipal de Cementerio y Servicios Funerarios de Granada S.A., un contrato de arrendamiento de servicios para la prestación de servicios de control de tránsitos, recepción de visitas, mercancías y vehículos y mantenimientos en Edificio de Servicios y recinto e instalaciones del cementerio de San José de Granada. Asimismo la empresa Securitas Seguridad S.A., perteneciente al mismo grupo empresarial y con el mismo domicilio social en Granada, presta servicios de Seguridad privada para la misma empresa Emucesa en el mismo centro de trabajo.

  5. - En marzo de 2.005, prestan servicios en las instalaciones de Emucesa cinco trabajadoras (auxiliares de servicios) de la empresa Servicios Securitas S.A. y dos trabajadores (vigilantes de seguridad) de la empresa Securitas Seguridad S.A..

    Las Auxiliares de Servicios prestan servicios en jornada diurna (de 8 a 19 horas) y nocturna (de 19 a 8 horas) en tanto que los vigilantes de seguridad realizan únicamente jornada nocturna.

  6. - Durante la jornada diurna las auxiliares realizan sus funciones en el cementerio propiamente dicho y sus tareas consisten en: Encender y apagar luces; control de entrada de personas al recinto del cementerio; Control de entrada de los marmolistas, anotación de su licencia y trabajo a realizar por estos con posterior comprobación del trabajo realizado; Introducir...

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