SAP Castellón 377/2005, 11 de Julio de 2005

PonenteADELA BARDON MARTINEZ
ECLIES:APCS:2005:774
Número de Recurso240/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución377/2005
Fecha de Resolución11 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 377 de 2005

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Don JOSÉ MANUEL MARCO COS

Magistradas:

Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ

Doña Mª ANGELES GIL MARQUÉS

En la Ciudad de Castellón, a once de julio de dos mil cinco.

La SECCIÓN TERCERA de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día 14 de enero de 2004 por la Sra. Juez del Juzgado de 1ª Instancia número Uno de Vinaroz en los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en dicho Juzgado con el número 208 de 2000 .

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, Dª. Flora , representada por la Procuradora Dª. Mª. Teresa Díaz Porcar y defendida por el Letrado D. Alberto Gracia Forés, y como APELADOS, Dª. María Virtudes , representada por la Procuradora Dª. María Pilar Sanz Yuste y defendida por el Letrado D. José Mª. Valls Román y D. Jose Pablo , representado por el Procurador D. Agustín Cervera Gasulla y defendido por la Letrada Dª. Consol Rul Carrera.

Es Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. ADELA BARDÓN MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: "Que DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda interpuesta por Dª. Flora y en su representación, la Procuradora de los Tribunales, Dª. ISABEL CARDONA FERRAGUT, asistida por el Sr. Letrado D. ALBERTO GRACIA, como demandados Dª. María Virtudes , representada por la Procuradora Dª. ALEGRÍA DOMÉNECH FERRÁS y asistida por la Sra. Letrada Dª. CONSOL RUL I CARRERA, y contra D. Jose Pablo , representado por elProcurador D. AGUSTÍN CERVERA GASULLA y asistido por el Sr. Letrado D. JOSEP MARÍA VALLS ROMAN. En materia de costas procesales, su pago se impone a la parte actora".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de Dª. Flora se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Sentencia estimando el recurso de apelación, y se revoque la Sentencia apelada y se condene a pagar a los demandados el 10% de 15 millones de pesetas, un millón quinientas mil pesetas, 9015'18.- euros, o subsidiariamente si no se estima lo argumentado en el presente recurso, se condene a los demandados a pagar a su representada 700.000'- pesetas, 4207'08.- euros, con intereses legales desde la interposición de la demanda.

Se dio traslado a la parte contraria, que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando la representación procesal de Dª. María Virtudes se dicte Sentencia desestimando el recurso de apelación interpuesto con imposición de costas a la apelante y por la representación procesal de D. Jose Pablo se presentó asimismo escrito oponiéndose al recurso, solicitando se confirme íntegramente la Sentencia recurrida, con imposición a la parte recurrente de las costas causadas. Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Tercera, en virtud del reparto de asuntos.

Por Providencia de fecha 10 de mayo de 2005 se formó el presente Rollo, se designó Magistrada Ponente y se acordó tener por no personada en esta alzada a la parte APELADA D. Jose Pablo por no haber comparecido en esta segunda instancia a pesar del tiempo transcurrido, por Providencia de fecha 27 de mayo de 2005 se acordó tener por no personada en la alzada a la parte APELANTE Dª. Flora por no haber comparecido en forma su representación procesal y haber transcurrido en exceso el tiempo del emplazamiento que en su día se le hizo en el Juzgado de Instancia, y por Providencia de fecha 31 de mayo del presente, se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 27 de junio de 2005, llevándose a efecto lo acordado.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los de la resolución recurrida en cuanto no resulten contrarios a los siguientes.

PRIMERO

Pretende la actora en su demanda se le abone por los demandados la cantidad de tres millones de pesetas, más intereses, por la participación a la que tiene derecho como arrendador en el precio del traspaso del local de su propiedad, lo que no le fue estimado en la Sentencia dictada en primera instancia, al entender que era correcto el precio del traspaso del local y el porcentaje aplicado del 10%, argumentando por ello que no podían prosperar ninguna de las peticiones de la parte de que se le abone dicha participación...

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