SAP León 121/2005, 28 de Abril de 2005

PonenteALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ
ECLIES:APLE:2005:557
Número de Recurso60/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución121/2005
Fecha de Resolución28 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 121-05

ILMOS. SRES.:

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado

D. TEODORO GONZALEZ SANDOVAL.- Magistrado

En León, a veintiocho de abril de dos mil cinco.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 2ª de la Audiencia Provincial de LEON, los Autosde PROCEDIMIENTO ORDINARIO 286/2004, procedentes del JUZGADO DE 1ª. INSTANCIA E INSTRUCCION de CISTIERNA , a los que ha correspondido el Rollo 60/2005, en los que aparece como parte apelante D. Matías representado por el procurador D. Fernando Fernández Cieza, y asistido por el Letrado D. Antonio Alaez Alaez, y como apelados D. Javier , y D. Fermín , sobre acción negativa servidumbre de luces y vistas, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado antes expresado, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la representación procesal de la parte demandante, D. Matías , contra los codemandados Dª. Javier y D. Fermín , debo ABSOLVER Y ABSUELVO a los codemandados de todos los pedimentos contra los mismos dirigidos, con imposición de costas a la parte demandante".

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia que lleva fecha 25 de noviembre de 2004 , se interpuso recurso por la parte apelante, y dado traslado a la parte apelada ante el Juzgado, por está se opuso al mismo, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, señalándose para la deliberación de vista, el pasado 26 de abril actual.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Al amparo del artículo 582 del Código Civil , que prohíbe abrir ventanas con vistas rectas, balcones y otros voladizos semejantes sobre la finca del vecino si no hay dos metros de distancia entre la pared y dicha propiedad, por la representación de D. Matías se ejercitó contra su hermana Doña Javier y su esposo acción negatoria de servidumbre de luces y vistas, toda vez que los demandados en terreno de su propiedad levantaron una casa de planta baja y dos pisos con ventanas que dan hacia un terreno que el actor considera suyo y sobre el que los demandados, según él, no tienen otro derecho que una servidumbre y que, en cambio, éstos sostienen que es de su propiedad.

Desestimada la demanda, por la representación actora se formuló recurso de apelación, girando toda su argumentación en torno al error en la apreciación de la prueba.

SEGUNDO

Fundamental para la resolución de la contienda el primero de los...

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