SAP Málaga 155/2006, 24 de Marzo de 2006

PonenteJOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA
ECLIES:APMA:2006:660
Número de Recurso133/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución155/2006
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

MANUEL TORRES VELAJOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENAMELCHOR ANTONIO HERNANDEZ CALVO

S E N T E N C I A Nº 155

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 8 DE MALAGA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 133/2006

JUICIO Nº 397/2004

En la Ciudad de Málaga a veinticuatro de marzo de dos mil seis. .

Visto, por la SECCION CUARTA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Estíbaliz que en la instancia fuera parte demandante. Son parte recurrida HDI INTERNATIONAL, Juan Miguel y María Rosario que están representados por el Procurador D. MARIA JOSE PEREZ CARAVANTE, GONZALEZ PEREZ, CARMEN y defendido por el Letrado D. PERALTA FISCHER, EMILIO, que en la instancia han litigado como partes demandadas .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día seis de octubre de dos mil cinco , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que, estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sr. Pérez Segura, en nombre y representación de doña Estíbaliz , contra don Juan Miguel y doña María Rosario , representados por la Procuradora Sra. González Pérez, y contra la entidad de seguros H.D.I. Hannover Internacional, representada por la Procuradora Sra. Pérez Caranvantes, DEBO CONDENAR Y CONDENO a los expresados demandados a que indemnicen solidariamente a la actora con la suma de ONCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (11.950, 69), más los intereses de la misma, desde la interpelación judicial hasta su completo pago, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Ello sin expresa imposición de las costas procesales causadas.

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día veintitres de marzo de dos mil seis quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de Dª. Estíbaliz , que comparece en calidad de apelante, se alega en primer lugar que ha existido error en la valoración de la prueba en cuanto a las secuelas de los daños del tobillo y del síndrome ansioso depresivo. Y en segundo lugar infracción legal por no aplicación de los intereses establecidos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro .

Por las representaciones procesales de un lado, de la entidad HDI Internacional, y de otro lado, de D. Juan Miguel y Dª. María Rosario , se presentaron escritos de oposición al recurso planteado, impugnando las alegaciones realizadas de contrario y, solicitando la confirmación de la sentencia recurrida por entender que la misma es ajustada a derecho.

SEGUNDO

Una vez analizadas las alegaciones realizadas por la parte recurrente habrá que tener en cuenta que, con la Ley de Enjuiciamiento Civil vigente, el principio de inmediación lo tiene tanto el Tribunal de Primera Instancia como el Tribunal de Apelación por cuanto que, a través del soporte audiovisual donde se recogen y documentan todas las actuaciones practicadas en el acto del Juicio, la Sala puede igualmente ver tanto la prueba practicada, como también la actitud de las personas que intervienen, bien por conocimiento propio o por conocimientos científicos (partes, testigos o peritos) al efecto de examinar si esas pruebas...

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